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BOAM nº 8078 (24/01/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 22 de enero de 2018 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la Titular del Área, de fecha 27 de diciembre de 2017, por el que se convoca el premio Lope de Vega de Teatro 2017 y las correspondientes bases.

Una vez aprobadas las Bases por las que ha de regirse la convocatoria del premio Lope de Vega de Teatro 2017 y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo quinto de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 27 de diciembre de 2017 y las correspondientes bases, con el siguiente contenido:

 

"A la vista de las actuaciones del expediente de referencia y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

 

DISPONGO

 

Convocar el Premio Lope de Vega de Teatro 2017, aprobando las correspondientes Bases de la Convocatoria.

 

CONVOCATORIA DEL PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2017

   

PRIMERO.- FINALIDAD Y JUSTIFICACIÓN.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Cultura y Deportes y en el ámbito de sus competencias en materia de promoción cultural, tiene una especial responsabilidad en el apoyo e impulso de iniciativas dirigidas al fomento de la creación en la ciudad de Madrid.

El propósito de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro es, precisamente, generar una dinámica creativa entre los autores, así como la valoración de textos dramáticos.

El Premio Lope de Vega, creado en 1932, es el decano de los premios teatrales españoles y en su larga trayectoria ha sabido aunar su prestigio al del Ayuntamiento de Madrid y a su objetivo de incentivar la creación escénica y dramática.

La convocatoria de carácter anual del Premio Lope de Vega de Teatro, dado que es una de las categorías de los Premios Villa de Madrid, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Cultura y Deportes para el período 2016-2018, en el apartado 5.1 de la Línea correspondiente a Concesión de Premios, con la correspondiente dotación con cargo a la aplicación presupuestaria 001/098/334.01/482.03 "Premios".

Esta actividad de fomento responde a las líneas estratégicas planificadas a nivel presupuestario para el ejercicio 2017, en concreto a través del Objetivo 2 "Apoyo al tejido cultural a través del establecimiento de líneas de ayuda y otros programas" asignado al programa 334.01 Actividades Culturales, y que incluye expresamente entre las actividades a desarrollar la gestión de los Premios Villa de Madrid.

La concesión del premio se realizará sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos municipales.

 

SEGUNDO.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

 

El objeto del Premio Lope de Vega de Teatro es seleccionar, de entre los textos de teatro presentados, aquel que el jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica, escrito en lengua castellana, de tema libre, original e inédito.

 

TERCERO.- RÉGIMEN JURÍDICO.

 

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma (en adelante, RGS) y la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

  

CUARTO.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO E IMPORTE DEL PREMIO.

 

El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 12.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 2018/001/098/334.01/482.03 "Premios".

Queda condicionada la concesión del premio a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

 

QUINTO.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

 

Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicándose el texto integro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Asimismo se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.

La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a).de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

 

SEXTO.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES.

 

Podrá presentarse como candidata al premio cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/s de la obra/s presentada/s.

  

SÉPTIMO.- REQUISITOS DE LAS OBRAS QUE CONCURRAN AL PREMIO.

 

Los autores podrán participar con cuantas obras estimen oportuno.

Los textos dramáticos que se presenten a este concurso han de reunir los siguientes requisitos y características:

El texto, de tema libre, ha de estar escrito en lengua castellana, y que no haya sido publicado (en formato papel o digital), ni premiado anteriormente en ningún otro concurso, ni estrenado con fines comerciales.

Se aceptarán todo tipo de modalidades teatrales.

Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario con la misma obra que presenta al Premio Lope de Vega, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Madrid a fin de que el jurado no la tenga en consideración en su decisión.

  

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