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BOAM nº 8495 (03/10/2019)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1873

Resolución de 1 de octubre de 2019 del Director General de Emergencias y Protección Civil por la que se procede al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición del proceso selectivo para el acceso a la categoría de Sargento (promoción interna independiente) en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, convocado por Decreto de 18 de septiembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

Por Resolución del Coordinador de Seguridad y Emergencias de 23 de septiembre de 2019 se hizo pública la relación de aprobados de la fase de concurso-oposición con la indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos, según se recogía en el Anexo I que acompañaba a la resolución, abriéndose el plazo de presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

 

Presentados los documentos requeridos a todos los aspirantes procede, de conformidad con lo establecido en las bases específicas, su nombramiento como funcionarios en prácticas y la comunicación a los mismos de la fecha de inicio del curso selectivo el 7 de octubre de 2019.

 

Corresponde al Director General de Emergencias y Protección Civil el nombramiento como Sargento en prácticas del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo establecido en las bases específicas y en el artículo 9.1.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En virtud de lo expuesto,

 

RESUELVO

 

Primero.- Nombrar funcionarios en prácticas de la categoría de Sargento en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, con efectos 7 de octubre de 2019, a los aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición y que constan en el anexo a la presente resolución.

 

Segundo.- Los aspirantes iniciarán el curso selectivo el próximo día 7 de octubre de 2019, en la sede del IFISE (Instituto de Formación Integral de Seguridad y Emergencias), sito en el km 13,600 de la carretera de Colmenar (M-607), compareciendo previamente el mismo día en el salón de actos del citado centro a las 9:00 horas, a los efectos de tomar posesión.

 

Tercero.- Para obtener el nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría será necesario que los aspirantes superen el curso selectivo de formación conforme a lo establecido en las bases que rigen la presente convocatoria.

 

Cuarto.- De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, los interesados que en el momento de su nombramiento deberán optar entre percibir las establecidas con carácter general para los funcionarios en prácticas de la categoría de Sargento del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid o las que les corresponden conforme al puesto de origen que ocupan.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin prejuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 1 de octubre de 2019.- El Director General de Emergencias y Protección Civil, Enrique López Ventura.

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