BOAM nº 5751 (12/04/2007)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 19 de marzo de 2007 del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueban las instrucciones para la adquisición centralizada de diversos artículos de imprenta y artes gráficas, en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.Mediante Decreto de 8 de junio de 2006, el Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública declaró la uniformidad para la utilización común y la adquisición centralizada del suministro de diversos artículos de imprenta y artes gráficas en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
La declaración de uniformidad y la adquisición centralizada de bienes se realiza con el fin de agilizar y simplificar el procedimiento de contratación de aquellos bienes que son susceptibles de ser utilizados con carácter general por todas las dependencias del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos y para los que resulte posible definir características de homogeneidad para su homologación y cuyo volumen de consumo y gasto permite obtener economías de escala.
De acuerdo con la disposición 3ª del Decreto, el suministro de bienes se realizará a través de dos contratos: uno que tendrá por objeto la determinación del tipo de cada clase de bienes y otro, que tendrá por objeto las concretas adquisiciones de bienes del tipo determinado, que serán adjudicados por procedimiento negociado sin publicidad siempre que su cuantía sea inferior a la establecida en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Administraciones Públicas aprobado por RD Legislativo 2/2000 de 16 de junio, en los términos del Reglamento 2083/2005 de la Comisión de 19 de diciembre de 2005.
Una vez adjudicado el concurso de adopción de tipo para el suministro de distintos artículos de imprenta y artes gráficas con destino a los centros del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, por la Dirección General de Contratación y Régimen Interior se procederá a la publicación del correspondiente catálogo de bienes homologados en cumplimiento del Decreto de 8 de junio de 2006.
La puesta en funcionamiento del nuevo sistema de gestión y contratación para la adquisición de artículos de imprenta y artes graficas, exige por un lado, el desarrollo del procedimiento previsto en el Decreto de 8 de junio de 2006 y por otro, la descripción y consulta del catálogo de bienes adjudicados.
En su virtud, en uso de la competencia atribuida en el artículo 1, apartado 1.12.3, del Acuerdo de 27 de julio de 2006, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, y de conformidad con la disposición final primera del referido Acuerdo que faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución,
DISPONGO
Primero.- Aprobar las Instrucciones para la adquisición centralizada de diversos artículos de imprenta y artes gráficas, en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Segundo.- El procedimiento de adquisición de los impresos de abonaré, a que se refiere la Instrucción 2.3 del Decreto de 20 de enero de 2006 del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se establecen las instrucciones para la gestión del canon de las concesiones y otros ingresos municipales no tributarios, se ajustará a lo dispuesto en el presente Decreto.
Tercero.- El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de abril de 2007, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 19 de marzo de 2007.-El Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera
INSTRUCCIONES PARA LA ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE IMPRENTA Y ARTES GRÁFICAS, EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
PRIMERA. ESTRUCTURA DEL CATÁLOGO Y CODIFICACIÓN
El código de cualquier artículo de imprenta y artes gráficas (salvo los correspondientes a suplementos) consta de 6 posiciones que corresponden a los siguientes niveles de desagregación:
1ª Posición: Indica la familia a la que pertenece el bien.
Rango de valores: Del 01 al 07, al existir 7 familias.
Descripción:
Familia 1 - Desplegables, carteles y folletos.
Familia 2 - Libros.
Familia 3 - Impresos Normalizados autocopiativos.
Familia 4 - Impresos Normalizados no autocopiativos.
Familia 5 - Impresos papel continuo.
Familia 6 - Modelos especiales.
Familia 7 - Sobres y bolsas postales.
2ª Posición: Indica el tipo de bien dentro de cada familia.
Rango de Valores: Del 01 al 10 al existir como máximo 10 tipos de bienes en una de las familias.
Descripción: los tipos de bienes por cada familia son los siguientes.
Familia 1 - Desplegables, carteles y folletos.
Tipo 01 Dípticos.
Tipo 02 Trípticos.
Tipo 03 Cuadrípticos.
Tipo 04 Carteles.
Tipo 05 Folletos.
Familia 2 - Libros.
Tipo 01 hasta 160 páginas.
Tipo 02 hasta 192 páginas.
Tipo 03 hasta 240 páginas
Familia 3 - Impresos Normalizados autocopiativos.
Tipo 01 2 tantos.
Tipo 02 3 tantos.
Tipo 03 4 tantos.
Tipo 04 7 tantos.
Familia 4 - Impresos Normalizados no autocopiativos.
No existe desagregación a nivel de tipo.
Familia 5 - Impresos papel continuo.
Tipo 01 Autosellables.
Tipo 02 Autocopiativos 2 tantos.
Tipo 03 Avisos.
Tipo 04 Acuses de recibo.
Tipo 05 Pautados.
Tipo 06 Comunicados.
Tipo 07 Autosellable ventanilla.
Tipo 08 T/E
Tipo 09 SU/SC
Familia 6 - Modelos especiales.
Tipo 01 Carpetas.
Tipo 02 Cartas.
Tipo 03 Fichas.
Tipo 04 Invitaciones.
Tipo 05 Saludas.
Tipo 06 Tarjetas de visita.
Tipo 07 Tarjetones.
Tipo 08 Entradas
Tipo 09 Vales de taxi
Tipo 10 Felicitaciones navideñas.
Familia 7 - Sobres y bolsas postales.