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BOAM nº 7569 (04/01/2016)
Agencia para el Empleo de Madrid

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Resolución de 29 de diciembre de 2015 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria para el acceso al taller de formación y empleo para dinamizadores medioambientales en el marco del proyecto ¡Cuidamos Centro!

El objeto de las presente convocatoria es el establecimiento de los requisitos de acceso al taller de formación y empleo para dinamizadores/as medioambientales que se realizará por la Agencia para el Empleo de Madrid, en colaboración con la Junta Municipal del Distrito Centro, en desarrollo del Proyecto ¡Cuidamos Centro!

 

¡Cuidamos Centro! es una iniciativa localizada territorialmente que pretende aunar sensibilización y participación ciudadana con integración, educación, empleo y servicio público, en un programa transversal y multidisciplinar adaptado a la realidad del distrito de Centro.

 

El desarrollo del proyecto implicará la imprescindible coordinación interadministrativa para abordar de forma transversal situaciones con incidencia en la vida de los/as vecinos/as del distrito, como la situación la limpieza viaria, la recogida de residuos, la conservación y mantenimiento de los espacios públicos o la promoción del civismo y la colaboración ciudadana en dichos espacios para conseguir una mejor calidad de vida de residentes y visitantes.

 

La participación de la Agencia para el Empleo de Madrid se concreta en la realización de un programa mixto de formación y empleo a través del cual se aúnan la formación y cualificación de personas desempleadas con la realización en el distrito de prácticas laborales reales que incidirán en la población del Distrito a través de dinámicas de sensibilización medioambientales que se concretarán en información, comunicación, formación, interpretación y educación ambiental en el medio urbano, así como en actividades de acompañamiento y guía por el citado entorno.

 

De esta manera, se cualificará profesionalmente a ciudadanos/as de colectivos desfavorecidos integrantes del programa, incrementando con ello sus posibilidades de insertarse en el mercado laboral, al tiempo que su formación teórica la perfeccionarán mediante la realización de trabajo real en beneficio de todos/as sus conciudadanos/as.

 

A la vista de lo expuesto, y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid, es a la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid a quien le corresponde aprobar la presente Convocatoria de acceso al taller de formación y empleo para dinamizadores/as medioambientales ¡Cuidamos Centro!, en el marco de las bases generales del Programa "Cuidamos Madrid"

 

RESUELVO

 

PRIMERO: Aprobar la convocatoria que regula el procedimiento de acceso al taller de formación y empleo para dinamizadores medioambientales que se realizará en desarrollo del proyecto ¡Cuidamos Centro!, por la Agencia para el Empleo de Madrid en coordinación con la Junta Municipal de Centro, el Área de Medio Ambiente y Movilidad y el Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

 

SEGUNDO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 29 de diciembre de 2015.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

 

CONVOCATORIA DE ACCESO AL TALLER DE FORMACIÓN Y EMPLEO PARA DINAMIZADORES MEDIOAMBIENTALES EN EL MARCO DEL PROYECTO ¡CUIDAMOS CENTRO!

 

Artículo 1.- MARCO DE LA CONVOCATORIA

Objeto y ámbito de la Convocatoria

La presente resolución tiene por objeto aprobar la Convocatoria que regula el procedimiento de acceso al taller de formación y empleo para dinamizadores/as medioambientales que se realizará por la Agencia para el Empleo de Madrid en el distrito Centro de la ciudad, en desarrollo del Proyecto ¡Cuidamos Centro!

El procedimiento de acceso al taller de formación y empleo contemplado en la presente convocatoria abierta se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

 

Artículo 2.- REQUISITOS DE ACCESO

Los aspirantes a participar en el taller de formación y empleo para dinamizadores/as medioambientales, deberán cumplir los requisitos que a continuación se establecen, tanto en el momento de la presentación de la correspondiente solicitud, como al inicio del referido taller.

Para acceder a las mismas los aspirantes deberán:

a) Estar inscrito/a en una oficina de empleo del municipio de Madrid como demandante de empleo.

b) Estar empadronado/a en el municipio de Madrid

c) Ser desempleado/a de larga duración. Tendrán la consideración de desempleados/as de larga duración aquellas personas que lleven inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo, como demandante de empleo 12 o más meses. También se considerarán desempleados/as de larga duración aquellas personas inscritas como demandantes de empleo al menos 12 meses en los últimos 18.

Además de los requisitos generales, para acceder a las plazas restringidas que se detallan en el artículo 4, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos complementarios:

· Conocimiento del idioma bengalí (nivel de conversación)

· Conocimiento del idioma wólof (nivel de conversación)

· Conocimiento del idioma chino (nivel de conversación)

En caso de que no se cubrieran en su totalidad las plazas específicas, se acumularán a las plazas generales.

 

Artículo 3.- COMISIÓN MIXTA DE VALORACIÓN

Para la selección de los/as alumnos/as se constituirá una Comisión Mixta, integrada por un mínimo de tres miembros designados por la Gerencia entre técnicos de la Agencia para el Empleo de Madrid, pudiendo ser invitada la Junta de distrito de Centro a nombrar un/a técnico/a como miembro de la misma. Igualmente será invitado/a en calidad de observador/a, con voz pero sin voto, un miembro del Comité de Empresa y un representante del Consejo Rector de la Agencia para el Empleo de Madrid

Esta Comisión se regirá, en cuanto a su funcionamiento, por lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De las sesiones de la Comisión Mixta para selección de los/as participantes se extenderá acta por la persona que actúe como Secretario, en la que se hará constar: miembros asistentes, resumen de deliberaciones y votaciones, así como relación de personas seleccionadas y puntuaciones obtenidas por todos/as los/as candidatos/as.

 

Artículo 4.- PROCESO DE SELECCIÓN Y PLAZAS

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