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BOAM nº 5977 (15/07/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

1454

Resolución de 9 de julio de 2009 de la Directora General de Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de trabajadores del Ayuntamiento de Madrid que han solicitado la Ayuda de Estudios para la formación del personal, curso 2008/2009, y deben subsanar faltas o aportar documentación.

El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, establece en el artículo 30 la Ayuda de Estudios para la Formación del Personal.

 

Las Bases de esta Ayuda fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 29 de abril de 2009, por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 23 de abril de 2009.

 

 Revisadas las solicitudes presentadas por los trabajadores municipales, se procede a publicar la relación de los solicitantes que deben subsanar faltas o aportar la documentación que para cada uno se especifica.

  

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.g) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,

 

RESUELVO

 

- Hacer pública la relación de los trabajadores del Ayuntamiento de Madrid que han solicitado la Ayuda de Estudios para la Formación del Personal curso 2008/2009 y deben subsanar faltas o aportar la documentación requerida.

 

- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública-Personal (calle Bustamante, 16, planta baja) y en la intranet municipal Ayre, con fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.

 

Madrid, a 9 de julio de 2009.- La Directora General de Relaciones Laborales, Francisca Segado Álvarez.

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