BOAM nº 9859 (11/04/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1497
Resolución de 9 de abril de 2025 de la Directora General de Innovación por la que se otorga la condición de colaborador de La Nave a favor de la Fundación Diálogos.En virtud de las competencias que tengo atribuidas de conformidad con lo aprobado en la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 20 de febrero de 2025 para la modificación del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y en la base sexta de la Resolución de 6 de mayo de 2015 del Director General de Comercio y Desarrollo Económico de "Madrid Emprende" por la que se aprobó la convocatoria pública para la selección de colaboradores en el ámbito del Proyecto "Madrid Campus de la Innovación", a propuesta de la Subdirección General de Innovación,
RESUELVO
ÚNICO.- Otorgar la condición de colaborador de La Nave a la Fundación Diálogos, con NIF G80074388, para el desarrollo de actividades de fomento del emprendimiento y la innovación; en particular, el desarrollo de la iniciativa Drawing ED.
La condición de colaborador aquí reconocida está sujeta al régimen de derechos y obligaciones recogidos en las bases tercera y cuarta de la Resolución de 6 de mayo de 2015 del Director General de Comercio y Desarrollo Económico de "Madrid Emprende" por la que se aprobó la convocatoria pública para la selección de colaboradores en el ámbito del Proyecto "Madrid Campus de la Innovación" (publicada en BOAM número 7.410, de 12 de mayo de 2015).
El Ayuntamiento podrá revocar unilateralmente la condición de colaborador en cualquier momento, siendo de aplicación lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la convocatoria.
Publíquese la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite otro recurso que estime procedente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 9 de abril de 2025.- La Directora General de Innovación, Virginia Blanco Blanco.