BOAM nº 9779 (13/12/2024)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
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Resolución de 11 de diciembre de 2024 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se aprueba la nueva estructura administrativa del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.La organización administrativa es la manifestación más clara de la potestad de autoorganización que toda Administración pública posee, la cual debe responder en todo caso a los principios constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. La instrumentalidad de esta organización administrativa tiene una mayor acentuación si cabe en relación con los entes instrumentales que cumplen una función concreta encomendada por los Órganos representativos. Así, el Organismo de Informática del Ayuntamiento de Madrid tiene por finalidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, de 29 de junio de 2004, la planificación, dirección, ejecución, supervisión, coordinación y evaluación de las actuaciones en el ámbito municipal relativas a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, lo cual supone que su estructura debe responder al conjunto de actuaciones que sean precisas para ejecutar las competencias que se relacionan en el artículo 3 de los citados estatutos.
El organismo se encuentra inmerso en un sector estratégico en el que ha de propiciar el nuevo papel que los servicios municipales deben jugar en sus relaciones con la ciudadanía, así como en el modo en que deben prestarse los servicios públicos. Se puede hablar de una nueva revolución tecnológica en la que la organización debe dar respuestas a su principal demandante de servicios, que es en realidad toda la Administración municipal, la cual es responsable, a su vez, del correcto funcionamiento de los servicios públicos.
La inteligencia artificial (en adelante, IA), las nuevas tecnologías disruptivas y la digitalización de los servicios han de incorporarse como una más que evidente línea de actuación municipal para la que la estructura organizativa de IAM debe prepararse y configurarse en la medida de la disponibilidad de sus recursos. Es evidente que la IA, y más en concreto, la IA generativa, va a transformar nuestros modelos de organización tradicionales y va a incorporarse a las estrategias y metodologías de toda la organización administrativa municipal. Y en esta línea de actuación se modifica la denominación de la actual Subdirección General de Servicios Digitales a la nueva Subdirección General de Innovación y Servicios Emergentes, totalmente alineada con la Estrategia de Transformación Digital del Ayuntamiento de Madrid, que busca posicionar a la ciudad como un referente en el uso de tecnologías avanzadas para mejorar la calidad de vida de su ciudadanía, promoviendo la adopción de soluciones digitales innovadoras.
En este contexto, otra de las prioridades actuales del organismo es impulsar las plataformas digitales para prestar servicios eficientes y modernos a todo el Ayuntamiento. Este objetivo requiere una dedicación plena y especializada en el desarrollo, implementación y gestión de las plataformas digitales que faciliten y optimicen los servicios municipales, y en este sentido se ha considerado necesario abordar un cambio en la denominación y cometidos de la actual Subdirección General de Clientes, que pasa a denominarse Subdirección General de Plataformas Digitales.
Lo anteriormente expuesto requiere por tanto de una adaptación de la estructura administrativa del organismo autónomo, que hará más eficiente su organización y mejorará los servicios públicos a prestar, facilitando la interacción entre la administración y la ciudadanía, fomentando la transparencia y mejorando la accesibilidad y usabilidad de los servicios digitales.
Por último, se lleva a cabo un cambio en la denominación de la actual Subdirección General de Gestión Económico-Financiera, que pasa a denominarse Subdirección General de Gestión Económica y Contratación, con la finalidad de que responda fielmente a la realidad de las funciones y cometidos que desempeña. Así, la denominación como "financiera" no es propiamente tal, sino que se trata de un pequeño añadido a la propia gestión económica que causa confusión, ya que propiamente dicho desde IAM no se lleva a cabo ninguna política ni gestión financiera. La gestión que se realiza es puramente económica y presupuestaria. Y, por otra parte, en el organismo se gestiona un ingente volumen de contratación administrativa que no se refleja en la actual denominación de la subdirección y que, por tanto, se considera necesario modificar para dar visibilidad a esta parte tan importante y necesaria en la gestión, que contribuye y tiene una especial incidencia en la consecución de sus objetivos.
El artículo 7.1 l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, de 29 de junio de 2004, atribuye la competencia para aprobar la organización o estructura administrativa del IAM previo informe del área de gobierno competente en esta materia al Consejo Rector, si bien el apartado 2 del mismo precepto posibilita su delegación en otros órganos de dirección del organismo.
En virtud de la referida facultad de delegación, por Acuerdo de 21 de septiembre de 2012 del Consejo Rector de IAM se acordó delegar en el titular de la Gerencia diversas competencias, y entre ellas la contenida en el mencionado artículo 7.1 l) sobre la aprobación de su organización o estructura administrativa.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1 l) y 7.2 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, de 29 de junio de 2004 y en el Acuerdo de 21 de septiembre de 2012 del Consejo Rector de IAM de delegación en el titular de la Gerencia de diversas competencias,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la nueva estructura administrativa de la Gerencia del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, que se organiza para el ejercicio de sus competencias en las siguientes subdirecciones generales, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:
1. Subdirección General de Innovación y Servicios Emergentes.
2. Subdirección General de Sistemas de Información Sectoriales.
3. Subdirección General de Sistemas de Información Corporativos.
4. Subdirección General de Plataformas Digitales.
5. Subdirección General de Comunicaciones y Puesto de Trabajo.