BOAM nº 6336 (23/12/2010)
Distrito de Moratalaz
2478
Resolución de 11 de agosto de 2010 del Gerente del Distrito de Moratalaz por la que se impone una sanción a don Julio César Pavón Quiroga, expediente número 115/2010/3519.Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio.
Denunciado: Julio César Pavón Quiroga.
Lugar de los hechos: Calle Marroquina, 40, "La Ruina", 28030 Madrid.
Hechos denunciados: Incumplimiento de horario de cierre del local.
Norma infringida: Artículo 39.1 de la Ley 17/97, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Calificación y artículo de la sanción: Leve (artículo 41.1 de la citada ley).
Sanción prevista: Hasta 3.000,00 euros.
Sanción propuesta: 600,00 euros.
Fecha y hora de la denuncia: 4 de junio de 2010, a las tres horas y cuarenta y cinco minutos.
Contra esta resolución podrá interponer los siguientes recursos:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito Municipal, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL) y artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).
Madrid, a 11 de agosto de 2010.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.