BOAM nº 5786 (13/12/2007)
Patronato de Turismo de Madrid
3207
Resolución de 5 de diciembre de 2007 de la Gerente del Patronato de Turismo de Madrid por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-PT 4/2007.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril de 1995), se acuerda la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
PRIMERO. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismos en las relaciones de puestos de trabajo.
SEGUNDO. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, independientes para cada uno de los puestos a los que deseen optar, al Patronato de Turismo de Madrid, Plaza Mayor, 27, en el modelo de instancia publicado como Anexo II del presente Decreto, presentando las instancias en el Registro del Patronato de Turismo, en los Registros del Ayuntamiento de Madrid, de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
TERCERO. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO. Los aspirantes acompañarán a la solicitud el "currículum vitae", en el que figuren los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
QUINTO. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en que se publique este Decreto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 8.1 y Art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, a 5 de diciembre de 2007.- La Gerente del Patronato de Turismo, Mar de Miguel Colom.