BOAM nº 9721 (20/09/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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Resolución de 18 de septiembre de 2024 del Director General de Policía Municipal por la que se adscribe a puestos reales a 21 funcionarios/as en prácticas, pertenecientes al proceso selectivo para la provisión de 22 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por militares profesionales de tropa y marinería con más de 5 años de servicio, en ejecución de la sentencia núm. 449/2020.Mediante Resolución de 14 de septiembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias se aprueba la relación de aspirantes que, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado la fase de concurso-oposición del proceso selectivo convocado mediante Resolución de 3 de agosto de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.195, de 5 de agosto), para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de 22 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por militares profesionales de Tropa y Marinería con más de 5 años de servicio, en ejecución de la sentencia núm. 449/2020, de 11 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 14 de Madrid.
Por Resolución de 11 de octubre de 2023 del Director General de Policía Municipal (BOAM núm. 9.489, de 13 de octubre) se nombra funcionarios/as en prácticas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con efectos del día 17 de octubre de 2023, a los 22 aspirantes que habían superado la fase de concurso-oposición.
Posteriormente, mediante Resolución de 2 de febrero de 2024 del Director General de Policía Municipal (BOAM núm. 9.565, de 6 de febrero), se deja sin efecto el nombramiento de un aspirante como funcionario en prácticas, tras su renuncia a continuar en el proceso selectivo.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 21 de abril de 2022 se aprueba el Acuerdo de 28 de febrero de 2022 regulador del régimen especial del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid (BOAM núm. 9.126 de 27 de abril de 2022), en cuya Disposición Adicional Tercera se estipula lo siguiente: «Los funcionarios en prácticas de nuevo ingreso que accedan, por turno libre, a las categorías de policía, inspector/a e intendente del Cuerpo de Policía Municipal durante los últimos tres meses de la fase práctica, además del sueldo que perciban como funcionarios en prácticas, comenzarán a percibir el complemento de destino correspondiente al nivel que corresponda a la categoría que ocupan como funcionarios en prácticas, así como el complemento específico asociado a dicha categoría y el fondo mejora del rendimiento que perciben todos los funcionarios municipales».
Habida cuenta que el próximo 23 de septiembre de 2024 comienza el último periodo de prácticas, en el que los funcionarios en prácticas deberán percibir las retribuciones señaladas en la referida Disposición Adicional Tercera, procede la adscripción a puestos reales de la plantilla del Cuerpo de la Policía Municipal, de los 21 funcionarios en prácticas relacionados en el anexo de la presente resolución, con efectos 23 de septiembre de 2024.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Tercera del Acuerdo de 28 de febrero de 2022 regulador del régimen especial del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, con lo dispuesto en el artículo 2.º, apartado b) del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, y en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 15.º 1.3 a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,
RESUELVO
PRIMERO.- Adscribir a puestos reales de la plantilla del Cuerpo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid a los 21 funcionarios/as en prácticas de la categoría de Policía de dicho Cuerpo, en virtud del nombramiento llevado a cabo mediante de la Resolución de 11 de octubre de 2023 del Director General de Policía Municipal (BOAM núm. 9.489, de 13 de octubre), relacionados en el anexo que se acompaña a la presente resolución. Los efectos de dicha adscripción serán del día 23 de septiembre de 2024.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPAC).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 18 de septiembre de 2024.- El Director General de Policía Municipal (P.S. Decreto de 21 de junio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias ), el Director General de Bomberos, Enrique López Ventura.