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BOAM nº 8756 (26/10/2020)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1853

Resolución de 22 de octubre de 2020 de la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, “PLAN ADAPTA MADRID 2020”.

De conformidad con el artículo 24.2 del Decreto de 4 de junio de 2020, del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones 2020 con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, "PLAN ADAPTA MADRID 2020", y el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de fecha 30 de octubre de 2013, el decreto de concesión definitiva se publicará en la BDNS, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, así como en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en este último, junto con su Anexo. Además se podrá consultar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En las fechas que se indican en cada caso, el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha dictado decreto de concesión definitiva de subvención para cada uno de los beneficiarios del Anexo, y que incluye, en cada caso, la ayuda concedida y la fecha de concesión definitiva. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Servicio de Rehabilitación del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, n.º 21, 28042 Madrid.

 

Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o, directamente, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 22 de octubre de 2020.- La Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

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