BOAM nº 8508 (22/10/2019)
Área de Gobierno de Vicealcaldía
2014
Decreto de 16 de octubre de 2019 de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana relativo a la sexta fase del proceso electoral para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.I
El 11 de abril de 2019 se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el Decreto de 10 de abril de 2019, por el que se aprobaron las instrucciones relativas al proceso electoral para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la comisión permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y se convocaban las correspondientes elecciones, que anexaba el listado provisional de entidades y colectivos elegibles. Según la instrucción primera del proceso electoral, este se desarrollaría en seis fases.
Con posterioridad, el 7 de mayo de 2019 se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el Decreto de 6 de mayo de 2019, del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social relativo a la segunda fase del proceso electoral, por el que se procedió a aprobar el listado definitivo de elegibles, el listado provisional de electores y el listado provisional de candidaturas, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para presentación de reclamaciones contra ambos listados provisionales. Mediante Decreto de 24 de mayo de 2019, del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social relativo a la tercera fase del proceso electoral, se aprobaron los listados definitivos de electores y de candidaturas y se fijó el lugar y hora de celebración de las elecciones; que tendrían lugar el 31 de mayo de 2019.
II
Celebradas las elecciones en el día y lugar señalados, finalizado el acto de la votación, se procedió al escrutinio de los votos emitidos por parte de los miembros de la mesa electoral, con presencia de representantes de tres entidades ciudadanas, resultando elegidas entidades y colectivos ciudadanos en diez categorías, tal y como consta en el acta de la mesa.
Como consecuencia de ello, el 5 de junio de 2019 se aprobó el Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, relativo a la quinta fase del proceso electoral para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la comisión permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, que fue publicado el 7 de junio de 2019 en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Dicho decreto aprobó el listado provisional de entidades y colectivos elegidos y abrió un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones a contar desde el siguiente al de la publicación del decreto.
III
Durante el plazo de presentación de alegaciones, se han recibido escritos de dos entidades.
Por un lado, escrito de la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción de Madrid-FACUA que si bien califica como de reclamación, ha de entenderse como una petición de información ya que dicho escrito no guarda relación con el objeto del trámite de presentación de reclamaciones contra los listados provisionales. Dicha petición de información ha sido resuelta por la Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración.
Por otro lado, la Asociación Rumiñahui ha presentado escrito de reclamación en el que solicita que su candidatura sea tomada en cuenta dado que es la única en la categoría "Para la cooperación al desarrollo", a pesar de no haber obtenido voto alguno en el desarrollo de las elecciones del 31 de mayo. De acuerdo con la instrucción sexta del proceso electoral, aprobado por Decreto de 10 de abril de 2019, que establece que cuando en una categoría presente su candidatura una o más entidades o colectivos ciudadanos se someterá a votación, la reclamación ha de desestimarse ya que aun siendo única la candidatura para una categoría, es preciso para ser proclamado elegido que la entidad obtenga votos por los electores del proceso electoral.
IV
Finalizada, por tanto, la quinta fase del proceso electoral y de conformidad con la propuesta realizada por la Directora General de Participación Ciudadana, corresponde proseguir con la sexta fase del proceso electoral mediante la publicación del listado definitivo de entidades y colectivos elegidos.
Por todo ello, de acuerdo con la instrucción Novena.2 del proceso electoral y con las competencias establecidas en el apartado 6º.2.3. del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,
DISPONGO
Primero. Aprobación del listado definitivo de entidades y colectivos elegidos.
Aprobar el listado definitivo de entidades y colectivos elegidos como representantes en la comisión permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas que figura a continuación:
N.º CATEGORÍA |
DENOMINACIÓN CATEGORÍA |
ENTIDAD/COLECTIVO ELEGIDO |
---|---|---|
2 |
Culturales y casas regionales |
Asociación Cultural Orfeón de Moratalaz |
3 |
De personas consumidoras y usuarias |
Asociación de Usuarios Financieros-ASUFIN |
5 |
Vecinales |
Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid-FRAVM |
6 |
Deportivas
|
Club Deportivo Animales Fútbol Club |
8 |
Infantiles |
Federación INJUCAM para la promoción de la infancia y la juventud |
12 |
De comerciantes, empresarios/as, profesionales y autónomos/as |
Colegio Oficial de Agentes Comerciales de la Comunidad de Madrid |
13 |
De inmigrantes |
ACULCO Asociación Cultural y de Cooperación |
15 |
De salud y apoyo mutuo |
Asociación Madrileña de enfermos de Lupus y amigos (A.M.E.L.Y.A.) |
18 |
De personas con discapacidad |
Asociación de Implantados Cocleares de la Comunidad Autónoma de Madrid (AICCAM) |
23 |
Otras de acción social |
Asociación para la promoción y gestión de servicios sociales generales y especializados "PROGESTIÓN" |
Segundo. Eficacia y publicación.
El presente decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", debiendo publicarse igualmente a efectos informativos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 16 de octubre de 2019.- La Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra Ibarrondo.