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BOAM nº 10191 (14/08/2026)
Ayuntamiento Pleno

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Resolución de 7 de agosto de 2026 de la Presidencia del Pleno por la que se toma razón de la expulsión del partido político Vox de los concejales D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, que pasan a tener la condición de concejales no adscritos del Ayuntamiento de Madrid.

ANTECEDENTES

 

I) Una vez celebrada la sesión constitutiva del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 17 de junio de 2023, y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, se presentó escrito de constitución del Grupo Municipal Vox ante la Secretaría General del Pleno, a través de su registro de entrada, en fecha 20 de junio de 2023, con número de anotación 2023/8000699.

 

II) Con fecha 21 de febrero de 2026, a las 16:02 horas, tiene entrada en la Secretaría General del Pleno de este Ayuntamiento correo electrónico procedente de la Secretaría General de Vox España que remite documentación relativa al expediente disciplinario interno de Vox (n.º 2026/011) incoado frente a D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, incluyendo escrito dirigido a esta Secretaría comunicando la adopción de medida cautelar consistente en la suspensión de los derechos de los afiliados y la inhabilitación provisional de los citados concejales, sumándose a la ya comunicada de D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina (expediente 2026/010), informa además de que se ha designado a D.ª Arantzazu Purificación Cabello López como nueva portavoz del Grupo Municipal Vox, siendo -junto con D. Fernando Martínez Vidal- los únicos concejales que mantienen plenos derechos en el partido, solicitando que se reconozca esta situación, se suspenda a los concejales afectados en sus funciones, incluida la portavocía de D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, y se tenga por válida la nueva designación mientras se resuelven los expedientes disciplinarios. Asimismo, adjuntan certificado que acredita la incoación del expediente y dicha medida cautelar.

 

III) Con fecha 23 de febrero de 2026, la Secretaría General del Pleno emite informe con propuesta resolución sobre las diversas cuestiones planteadas en los escritos anteriormente referenciados.

 

IV) Con esa misma fecha, el Presidente del Pleno, a la vista del referido informe y de conformidad con lo dispuesto en él, dicta resolución desestimando la petición de la Secretaría General del Partido Político Vox, de fecha 21 de febrero de 2026, relativa a la suspensión en el ejercicio de funciones de D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, manteniendo inalterada la estructura y el número de miembros del Grupo Municipal Vox (cinco).

 

V) Con fecha 15 de abril de 2026, a las 14:14 horas, tiene entrada en la Secretaría General del Pleno de este Ayuntamiento correo electrónico procedente de la Secretaría General de Vox España comunicando la expulsión firme de D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, concejales del Grupo Municipal Vox en el Ayuntamiento de Madrid, solicitando que tome nota de dicha expulsión, que reconozca como únicos miembros del Grupo Municipal Vox a D.ª Arantzazu Purificación Cabello López y D. Fernando Martínez Vidal, designándose como portavoz a la primera, y que los tres concejales expulsados, entre los que se encuentran D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, pasen a tener la condición de no adscritos, poniéndose a disposición para facilitar cualquier información o documentación adicional que sea requerida.

 

VI) Con fecha 17 de abril de 2026, la Secretaría General emite resoluciones por las que se formula requerimiento de subsanación a D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao en representación del partido político Vox, a los efectos de completar la documentación aportada en el expediente de expulsión de D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens.

 

VII) Con fecha 21 de abril, a las 15:45 horas, tiene entrada en la Secretaría General del Pleno de este Ayuntamiento correo electrónico procedente de la Secretaría General de Vox España, remitiendo documentación en contestación al requerimiento de subsanación correspondiente al expediente disciplinario interno 2026/011, relativo a D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens.

 

VIII) Con fecha 24 de abril de 2026, tiene entrada en la Secretaría General correos electrónicos procedentes de D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens comunicando, con el correspondiente justificante de presentación en Lexnet, la interposición de una demanda de tutela de derechos fundamentales ante la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid que por turno corresponda, contra la resolución interna de expulsión adoptada por el partido político Vox, que incluye tanto la fundamentación jurídica relativa al fondo del asunto como la correspondiente a la solicitud de adopción de medidas cautelares, consistente en la suspensión de la eficacia del acuerdo interno de expulsión como afiliados del partido político Vox recaído en el expediente disciplinario 2026/011, de las resoluciones que desestiman los recursos de reposición y de las resoluciones resolutorias de los recursos de alzada.

 

IX) Con fecha 24 de abril de 2026, la Secretaría General emite resoluciones por la que se interrumpen los trámites iniciados con fecha 17 de abril de 2026 por el que se formulan requerimientos de subsanación de documentación a D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao en representación del partido político Vox, a fin de continuar el procedimiento tendente, en su caso, a la salida del grupo político Vox y su pase a la condición de concejales no adscritos de D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, hasta que el órgano jurisdiccional civil se pronuncie sobre la adopción de las medidas cautelares solicitadas en la demanda interpuesta por estos.

 

X) Con fecha 22 de julio de 2026, a las 10:07 horas, tuvo entrada en la Secretaría General del Pleno de este Ayuntamiento un correo electrónico remitido por la Secretaría General de Vox España, mediante el que se solicita el levantamiento de las interrupciones de los procedimientos acordadas con fecha 24 de abril de 2026, así como la resolución relativa a la toma de razón de la expulsión del partido político Vox de los concejales D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens y su consiguiente pase a la condición de concejales no adscrito.

 

A dicho escrito se acompaña el escrito de desistimiento de la solicitud de medidas cautelares presentado por D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens ante la sección civil del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza n.º 51.

 

XI) Con fecha 31 de julio de 2026, se notifica a D.ª Carla Toscano de Balbín y a D. Ignacio Ansaldo Adriaensens, que, habiendo sido recibido por esta Secretaría General escrito presentado por parte del partido político Vox, con fecha 22 de julio de 2026, en el que se acompaña el escrito de desistimiento de la solicitud de medidas cautelares presentado por D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens ante la sección civil del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza n.º 51, se pone en su conocimiento que, atendiendo a dicho desistimiento de las medidas cautelares, y salvo que, antes de las 14:00 horas del 7 de agosto, manifestasen alguna consideración fundada en Derecho y debidamente justificada que prive de validez o eficacia al referido desistimiento, se procederá, dictando en su momento la resolución oportuna, a levantar las interrupciones de los procedimientos administrativos acordadas con fecha 24 de abril de 2026 en razón de las medidas cautelares interesadas entonces y que han perdido su causa de ser ahora, habida cuenta del actual desistimiento de las mismas, y en consecuencia, se procederá a continuar la tramitación del procedimiento en relación con la toma de razón de la expulsión del partido político Vox de los concejales D.ª Carla Toscano de Balbín y D. Ignacio Ansaldo Adriaensens y, en su caso, de su pase a la condición de concejales no adscritos, como efecto del referido expediente de expulsión tramitado por Vox y comunicado a esta Secretaría General.

 

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