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BOAM nº 6566 (05/12/2011)
Alcaldía

2392

Decreto de 28 de noviembre de 2011 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 21 de junio de 2011 por el que se delegan competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

Mediante Decreto del Alcalde de 21 de junio de 2011, se delegaron competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, completándose así el ámbito de competencias y responsabilidad de los órganos ejecutivos de gobierno y directivos del Ayuntamiento de Madrid definido mediante los correspondientes Acuerdos de la Junta de Gobierno de 21 de junio de 2011.

 

En los citados Acuerdos, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (en adelante TALT), la Junta de Gobierno delega en el Coordinador General de Circulación del Área de Gobierno de Seguridad y en la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad la competencia para ordenar el traslado de los vehículos abandonados o no retirados de los depósitos municipales a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, para su posterior destrucción y descontaminación.

 

Como complemento de dicha regulación, el artículo 86.3 TALT permite que el Alcalde, o la autoridad correspondiente por delegación, pueda acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico. El presente Decreto tiene por objeto delegar esta competencia en el Coordinador General de Circulación, de forma que, una vez transcurridos los plazos y cumplidos los trámites previstos en el TALT, aquellos vehículos no retirados por sus titulares de los depósitos municipales puedan ser adjudicados a los servicios municipales de vigilancia y control del tráfico.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.4 y 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y en el artículo 11 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar el Decreto del Alcalde de 21 de junio de 2011, por el que se delegan competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, añadiendo un nuevo artículo 3 bis, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"Artículo 3 bis. Delegación de competencias en el Área de Gobierno de Seguridad.

 

Corresponde al Coordinador General de Circulación acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por la adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico, de conformidad con lo previsto en el artículo 86.3 del texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo".

 

SEGUNDO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

 

TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Seguridad a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

 

CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Decreto.

 

QUINTO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Decreto.

 

SEXTO.- El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" a efectos de conocimiento general.

 

SÉPTIMO.- Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 28 de noviembre de 2011.- El Alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón.

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