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BOAM nº 6219 (06/07/2010)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

1384

Decreto de 25 de junio de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se resuelve la bolsa de trabajo de funcionarios interinos en la categoría de Técnico Auxiliar de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, convocada por Decreto de fecha 29 de diciembre de 2009.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de resolución de la bolsa de trabajo de funcionarios interinos en la categoría de Técnicos Auxiliares de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, convocada por Decreto de 29 de diciembre de 2009 (B.O.A.M. número 6.102, de 18 de enero de 2010).

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de junio de 2008,

 

DISPONGO

 

Primero.- Resolver, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Valoración, la bolsa de trabajo de funcionarios interinos en la categoría de Técnico Auxiliar de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, convocada por Decreto de 29 de diciembre de 2009 (B.O.A.M. número 6.102, de 18 de enero de 2010).

 

La relación de aspirantes seleccionados que conforman la bolsa de trabajo se incorpora como Anexo del presente Decreto.

 

Segundo.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la página web http://www.munimadrid.es, conforme a lo preceptuado en la base 7 de las que rigen esta convocatoria.

 

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1. y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 25 de junio de 2010.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

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