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BOAM nº 9746 (25/10/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

3640

Anuncio de 23 de octubre de 2024 del Jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios por el que se da publicidad a la exposición al público en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, por un plazo de treinta días, a partir del día 8 de noviembre de 2024, al Padrón de los edificios y construcciones sujetos a la Inspección Técnica de Edificios en el año 2025, aprobado mediante resolución de 17 de octubre de 2024 del Director General de la Edificación. (Expediente 711/2024/13630).

El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011 establece que la Administración Municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios.

 

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado el Director General de la Edificación, mediante resolución de 17 de octubre de 2024, ha aprobado el Padrón de Edificios y Construcciones cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2025 en los términos siguientes:

 

PRIMERO.- "Aprobar el Padrón de Edificios y Construcciones cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2025, salvo que sean de tipología residencial de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad:

 

- o bien por haber cumplido 30 años y deber presentar la inspección técnica dentro del año natural siguiente al de su cumplimiento al haber sido construidos en el año 1994,

- o bien por haber transcurrido el periodo decenal establecido contado desde el año 2015, año en el que estuvieron obligados a efectuar la Inspección Técnica anterior,

a) al haber sido terminadas las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total en el año 1984,

b) o al haber sido construidos entre 1959 y 1961 y no figurar en el Catálogo de Edificios Protegidos o no pertenecer al Centro Histórico o a los Cascos Históricos Periféricos y ser de propiedad distinta a la jurídico pública, representaciones diplomáticas u organismos internacionales,

c) o al ser propiedad de personas jurídico públicas, representaciones diplomáticas y organismos internacionales, incluidos en el catálogo de edificios protegidos con niveles 1, 2 y 3, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ordenanza, construido antes de 1975. 

 

Todo ello de conformidad con los artículos 14, 16 y 21.2 y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones y con el artículo 2 y la Disposición Transitoria Primera del Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, que regula el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid".

 

SEGUNDO.- "Exponer al público el Padrón de Edificios y Construcciones por el plazo de treinta días en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los periódicos de los de mayor difusión, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición producirá los efectos de notificación a los interesados de conformidad con el artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones".

 

Este padrón se expondrá al público en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de treinta días, a partir del día 8 de noviembre de 2024, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

 

Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado.

 

Madrid, a 23 de octubre de 2024.- El Jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luís Gustavo Collado Ruiz.

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