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BOAM nº 8496 (04/10/2019)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1877

Resolución de 3 de octubre de 2019 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la convocatoria pública para la concesión de subvención TAXIFREE 2019. Propuesta de resolución definitiva.

En virtud de lo establecido en el apartado 7º, punto 11.5 del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 22 de julio de 2019), y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación de la convocatoria pública para la concesión de subvención TAXIFREE 2019. Propuesta de resolución definitiva, con el siguiente contenido:

 

"Mediante Decreto núm. 0260, de 4 de junio de 2019, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, publicado en el BOCM núm. 138, de 12 de junio de 2019, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de la subvención TAXIFREE 2019, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

 

PRIMERO: En virtud de lo establecido en la base novena y visto el informe de la Comisión de Evaluación de fecha 23 de septiembre de 2019, queda acreditado:

 

1. Se han recibido un total de 1.796 solicitudes. De las solicitudes recibidas,

 

a) No acreditan requisitos un total de 52 solicitudes:

 

- 50 adolecen de defectos no subsanables.

- 2 adolecen de defectos subsanables, por lo que, solicitada formalmente la aportación de la documentación y no acreditada en plazo, se procede a la declaración de desistido mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad de 12 de septiembre de 2019 (BOAM nº 8484, de 18 de septiembre de 2019), en virtud de lo establecido en la base octava de la convocatoria.

 

b) Un solicitante renuncia a la subvención.

 

Por tanto, acreditan y cumplen los requisitos exigidos por la convocatoria y demás normativa vigente, 1.743 solicitudes.

 

2. A efectos de la valoración de las solicitudes que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria (1.743 solicitudes), la Comisión de Evaluación informa:

 

- Valoración Tramo 1: se consideran aptos un total de 14 beneficiarios, resultando el crédito consignado en la convocatoria suficiente para atenderlas a razón de 3.000 euros por vehículo.

 

- Valoración Tramo 2: se consideran aptos un total de 1.729 beneficiarios. Dado que aplicando el porcentaje del 5% se excede el crédito consignado en la convocatoria para atender a las solicitudes que acreditan los requisitos exigidos en la convocatoria para el Tramo 2, se aplica un porcentaje del 1,2% para atender todas las solicitudes.

 

SEGUNDO: De conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 y en la base novena de la convocatoria, y a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración de fecha 23 de septiembre de 2019, el órgano instructor formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, según las relaciones que se adjuntan como anexos:

 

- Anexo I: beneficiarios.

 

- 14 beneficiarios, correspondientes al tramo I.

- 1.729 beneficiarios, correspondientes al tramo II.

 

- Anexo II: 52 solicitudes que no cumplen los requisitos necesarios, por los motivos que se indican en el mismo.

 

- Anexo III: 1 solicitante que ha renunciado a la solicitud.

 

Lo que se hace público para conocimiento y efectos de los interesados, indicando que, la subvención se entenderá aceptada por el beneficiario si no manifiesta su renuncia expresa en el plazo de 5 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, de conformidad con lo dispuesto en la base novena.

 

De acuerdo con la base decimotercera de la convocatoria, los beneficiarios están obligados a adscribir el vehículo a la licencia con la que se solicita la subvención en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de los beneficiarios de las ayudas.

 

Finalmente, como indica la base decimocuarta, publicada la resolución de concesión y acreditada la adscripción del vehículo a la licencia de autotaxi en el plazo previsto en la base decimotercera, se procederá al pago de la subvención.

 

La presente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos".

 

Madrid, a 3 de octubre de 2019.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.

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