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BOAM nº 9224 (16/09/2022)
Distrito de Usera

2629

Decreto de 23 de agosto de 2022 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se conceden subvenciones a entidades para el curso escolar 2022-2023 en resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la anualidad 2022, aprobada por Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera de 19 de mayo de 2022.

Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, y una vez verificado el cumplimiento de la normativa de aplicación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda de fecha 27 de marzo de 2019, tras la publicación del Acuerdo Plenario de 27 de Marzo de 2019, que implanta el modelo de control interno de fiscalización limitada previa; se somete a la aprobación del/de la Concejal/a Presidente/a de este Distrito, órgano competente para resolver en el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 25 julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 188, de 9 de agosto de 2019) aprueba el siguiente

 

DECRETO

 

PRIMERO.- Conceder las subvenciones solicitadas por las entidades que figuran en el Anexo I, por los importes que se indican y plazo de ejecución coincidente con el curso escolar 2022-2023 finalizando el 31 de julio de 2023, en resolución de la Convocatoria Pública de Subvenciones para la anualidad 2022 en régimen de concurrencia competitiva dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo, aprobada por Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera de 19 de mayo de 2022.

 

SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de los centros educativos beneficiarios por un total de 84.904,15 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2022-001-212-326.01-489.01.- "Servicios Complementarios Educación. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".

 

TERCERO.- Desestimar el resto de las solicitudes de subvención de los centros que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

CUARTO.- Notificar el presente decreto a los centros educativos solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 10 de la convocatoria, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica https://sede.madrid.es, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones".

 

Madrid, a 23 de agosto de 2022.- La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, P.S., Decreto del Alcalde de 4 de agosto de 2022, la Concejala Presidenta del Distrito de Chamartín, Sonia Cea Quintana.

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