Saltar navegación

BOAM nº 9538 (28/12/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3873

Acuerdo de 26 de diciembre de 2023 de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración de rectificación de error material en la redacción de la Resolución 71 EOC 04.01 avenida Felipe II-plaza de Salvador Dalí del Distrito de Salamanca.

Con ocasión de recurso de reposición interpuesto por persona interesada contra el acuerdo de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración de fecha 27 de abril de 2023 mediante el cual se aprobaba la Resolución 71 EOC 04.01, se solicita informe al Distrito de Salamanca del que resulta comprobado que en el aparado 11 de dicha resolución se ha producido un error material en su redacción en lo que respecta a la superficie autorizada para la instalación de la terraza de hostelería y restauración anexa al establecimiento sito en avenida de Felipe II, núm. 17, L10, toda vez que al tratarse de una terraza con ocupación en dos emplazamientos distintos, no se recoge el referente al de la calle de Antonia Mercé, núm. 6, cuya superficie es de 31,86 m2.

 

Advertido dicho error material en la redacción del acuerdo de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración de 27 de abril de 2023 por el que se aprobaba el estudio de ordenación conjunta para el ámbito avenida de Felipe II-plaza de Salvador Dalí, se procede a su rectificación.

 

Por todo ello y en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite a las administraciones públicas rectificar en cualquier momento los errores materiales de sus actos, a propuesta de la secretaría, y previa deliberación en su reunión de 26 de diciembre de 2023, la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Rectificar el error material en el apartado 11 del Acuerdo de Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración de 27 de abril de 2023 por el que se aprueba el estudio de ordenación conjunta para el ámbito de avenida de Felipe II-plaza de Salvador Dalí (Resolución 71 EOC 04.01) en los términos que se indican a continuación:

 

Donde dice:

ZONA 4 CALLE ANTONIA MERCÉ

EMPLAZAMIENTO

SUPERFICIE

CALLE ANTONIA MERCÉ, 3 L-20

30,6

CALLE ANTONIA MERCÉ, 5 L-10

42,48

CALLE ANTONIA MERCÉ, 8 L-20

17,86

 

Debe decir:

ZONA 4 CALLE ANTONIA MERCÉ

EMPLAZAMIENTO

SUPERFICIE

CALLE ANTONIA MERCÉ, 3 L-20

30,6

CALLE ANTONIA MERCÉ, 5 L-10

42,48

CALLE ANTONIA MERCÉ, 6

(Establ.: Avenida Felipe II, 17 L-10)

31,86

CALLE ANTONIA MERCÉ, 8 L-20

17,86

SEGUNDO.- Ordenar la publicación de este acuerdo de corrección en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

 

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación.

 

Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

 

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación.

 

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

 

Madrid, a 26 de diciembre de 2023.- El Presidente de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, Francisco Javier Hernández Martínez.

Subir Bajar