BOAM nº 8512 (29/10/2019)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
2054
Resolución de 25 de octubre de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se rectifican las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as tanto de promoción interna como de turno libre de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a 118 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 2 de septiembre de 2019 fueron aprobadas las listas definitivas de admitidos/as y excluidos/as, tanto de promoción interna como de turno libre del proceso selectivo convocado para proveer 118 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.
Con posterioridad a dicha publicación se ha observado la existencia de errores materiales en las citadas listas, ya que no aparecen como incluidos D. Argoitz Domínguez Juez que subsanó el defecto que motivó su exclusión y D. José Alberto Castellanos Alavedra que cumplía los requisitos para el acceso a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.
A la vista de estas circunstancias resulta necesario modificar las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as tanto de promoción interna como de turno libre, incluyendo en las listas de admitidos/as a D. Argoitz Domínguez Juez y D. José Alberto Castellanos Alavedra.
Corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para gestionar las convocatorias de selección de personal del SAMUR-Protección Civil, de conformidad con lo dispuesto en el punto 4º.2.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
Por lo expuesto,
RESUELVO
Primero.- Rectificar las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as tanto de promoción interna como de turno libre e incluir en ella a D. Argoitz Domínguez Juez, con DNI 30**0**0* y D. José Alberto Castellanos Alavedra, con DNI **21**59* por reunir los requisitos para el acceso a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid junto con las listas definitivas de aspirantes excluidos/as rectificadas tanto de promoción interna como de turno libre.
Tercero.- Disponer la publicación de esta Resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) conteniendo las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as rectificadas tanto de promoción interna como de turno libre.
Cuarto.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículo 8.1 y 14. 1. 2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 25 de octubre de 2019.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Francisco Javier Hernández Martínez.