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BOAM nº 7902 (10/05/2017)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

1033

Decreto de 19 de abril de 2017 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Teatro 2017. Expediente 171/2017/00078.

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo vengo a adoptar el siguiente Decreto:

 

Certamen Escolar de Teatro 2017

Convocatoria

 

La Dirección General de Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid desarrolla un programa de actividades educativas diversas que se denomina "Madrid, un libro abierto", el mismo tiene por objeto poner los recursos educativos que proporciona una ciudad como Madrid, a disposición de todos los miembros de la comunidad educativa.

Dentro de este programa se convoca el certamen escolar de teatro que se regirá por las disposiciones establecidas en la presente convocatoria.

 

1. Objeto y finalidad del certamen.

Se convoca este certamen con el objeto de fomentar la participación de los grupos de teatro formado por alumnado matriculado en centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, con la finalidad de que mejoren su expresión oral, potencien la lectura y comprensión de textos literarios, amplíen su vocabulario, y se favorezca el lenguaje corporal y la autoestima. Además, mediante el trabajo en grupo, se potenciarán otros valores formativos, cívicos y sociales.

Se han incluido en la presente convocatoria nuevas modalidades de premios, de acuerdo con lo previsto en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por Decreto de 21 de julio de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

 

2. Régimen jurídico aplicable al certamen.

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la Disposición Adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

2.2. La financiación de los premios relativos al presente certamen, cuyo importe total asciende a 13.000 €, se imputará a la aplicación presupuestaria 001/027/326.01/482.03 "Premios" del programa "Servicios complementarios de Educación", del vigente presupuesto municipal.

 

3. Destinatarios.

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica y Formación Profesional de Grado Medio.

 

4. Categorías.

Se establecen dos categorías de participación en función de las etapas educativas:

Categoría A: Alumnado de Educación Primaria.

Categoría B: Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, FP Básica y FP de Grado Medio.

 

5. Requisitos.

Para poder participar los centros deberán reunir los siguientes requisitos:

5.1. Constitución de un grupo de teatro con las características que se indican en el punto 8 de la presente convocatoria.

5.2. Deberá haber un profesor/a responsable del grupo que actuará como interlocutor/a entre la Dirección General de Educación y Juventud del Ayuntamiento de Madrid y el centro educativo.

 

5.3. El Director/a del centro o representante legal, deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción, en la que manifiesta que no está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

5.4. Acreditación del nombramiento del Director/a del Centro o representante legal. Se entenderá por responsable del centro, a los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Director/a del colegio o representante legal. Junto con la solicitud de inscripción el firmante deberá aportar copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro escolar correspondiente.

5.5. Se deberá presentar un proyecto teatral, con las características que se indican en el punto 7 y que será valorado y puntuado por el jurado tal y como se indica en el apartado 11.1.

5.6. Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, el beneficiario deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

 

6. Inscripción, documentación y plazo de presentación.

6.1. La convocatoria se publicará en la BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica (https://sede.madrid.es).

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo de solicitud que se anexa al presente decreto de convocatoria. El modelo podrá obtenerse de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida, podrán presentarse por Internet, a través de la sede electrónica, https://sede.madrid.es así como en el Registro del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo (paseo de la Chopera, número 41), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC).

La documentación requerida deberá presentarse junto con la solicitud, tanto si se hace de forma presencial como telemática.

6.2. Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de 15 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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