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BOAM nº 7545 (24/11/2015)
Distrito de San Blas-Canillejas

2120

Resolución de 19 de noviembre de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la resolución de expediente sancionador número 117/2015/00596 a Promociones AGS 2006, S.L.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de la resolución de expediente sancionador número 117/2015/00596, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

  

Denunciado: PROMOCIONES ASG 2006, S.L.

Lugar de los hechos: Calle Fuentelencina, 12 B.

Hechos denunciados: Incumplimiento de orden de demolición, decretada por el Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas de fecha 24 de octubre de 2012, consistente en la demolición de las obras abusivamente construidas de paso de vehículos en la calle Fuentelencina, 12 B.

 Norma infringida: Artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

 Calificación y artículo de la sanción: Falta leve, artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

 Sanción impuesta: Multa de 600 euros.

 Fecha decreto orden de demolición: 24 de octubre de 2012.

    

1.- Imponer a Promociones ASG 2006, S.L., con CIF 84797539, la sanción de 600 euros como autor de la infracción de lo dispuesto en el artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de orden de demolición decretada por el Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas de fecha 24 de octubre de 2012, consistente en la demolición de las obras abusivamente construidas de paso de vehículos en la calle Fuentelencina, 12 B, al calificar la sanción como leve, artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, toda vez que:

  

2.- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones a la Propuesta Provisional de Resolución, estas no fueron presentadas.

  

3.- Todo ello de conformidad con los artículos reseñados de la citada norma y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se Aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid.

  

Madrid, a 19 de noviembre de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

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