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BOAM nº 9871 (05/05/2025)
Coordinación General de la Alcaldía

1739

Resolución de 30 de abril de 2025 del Director General de la Oficina Digital por la que se aprueba la actuación administrativa automatizada de la Dirección General de Política Financiera para la gestión electrónica de garantías en el Ayuntamiento de Madrid.

La modernización administrativa exige mejoras continuas en la gestión administrativa, dando cumplimiento a las obligaciones de simplificación y racionalización de los procedimientos administrativos impuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que propicia, además, un avance en el uso de las nuevas tecnologías en las relaciones administrativas, persiguiendo que la tramitación electrónica constituya la actuación habitual de las Administraciones.

 

La actuación administrativa automatizada está regulada en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 13, 20 y 21 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

 

En el Ayuntamiento de Madrid, la actuación automatizada está regulada en los artículos 45 y 61 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019 (en adelante, OACAE) que han sido desarrollados por el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada en el Ayuntamiento de Madrid.

 

El mencionado acuerdo por el que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada en el Ayuntamiento de Madrid ha establecido unas directrices comunes para el desarrollo de las actuaciones administrativas automatizadas en la Administración municipal mediante la definición de unos criterios generales sobre su contenido, órganos responsables y procedimiento de elaboración, facilitando así su rápida aprobación y amplia difusión.

 

El uso de la actuación administrativa automatizada para la emisión del resguardo de constitución de una garantía, el justificante de devolución de una garantía y los requerimientos de subsanación procedentes, y la notificación y comunicación electrónica de los actos de gestión de garantías en el Ayuntamiento de Madrid, tiene el objetivo de agilizar la gestión de garantías y promover los trámites electrónicos en lo posible, evitando firmas personales innecesarias y actuaciones manuales que ralentizan la tramitación. De esta forma, y junto a otras mejoras que conforman el nuevo sistema electrónico de tramitación de garantías, como la puesta a disposición de un trámite en la sede electrónica desde el que los interesados pueden gestionar sus garantías y conocer el estado de sus solicitudes, se hace el proceso de constitución, consulta y devolución de garantías mucho más cómodo, sencillo, eficiente, ágil y fácilmente accesible para los interesados, aumentando la calidad de los servicios que se prestan desde el Ayuntamiento y reduciendo los tiempos de tramitación. 

 

Respecto a la definición funcional, desde el punto de vista del procedimiento y de la supervisión y control del funcionamiento de la actuación administrativa automatizada, así como a efectos de impugnación, el órgano responsable es la Dirección General de Política Financiera y la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid como órgano titular de las funciones de fe pública.

 

El Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid es responsable de la definición de las especificaciones de diseño informático, programación, mantenimiento y supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y del código fuente.

 

Por lo que respecta a las características técnicas de la actuación administrativa automatizada, entre las diversas opciones posibles, se establece como sistema de firma el realizado a través de sello electrónico de órgano que permite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos por la OACAE y el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid.

 

La competencia para proponer la actuación administrativa automatizada de la Dirección General de Política Financiera corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de conformidad con el apartado 2.2 del anexo I del Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las Directrices sobre Actuación Administrativa Automatizada en el Ayuntamiento de Madrid.

 

La aprobación de la actuación administrativa automatizada corresponde a la Dirección General de la Oficina Digital, conforme al apartado 9.º 1.1 k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.

 

En cuanto al ejercicio de funciones de fe pública, resultan de aplicación la disposición adicional octava de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y el apartado 9.º 1.2 a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

La normativa reguladora en materia de garantías municipales se establece en el punto 21 del Acuerdo del Pleno, de 30 de abril de 2024, por el que se aprueba el Reglamento 1/2024, de 30 de abril, de Garantías y Depósitos en el Ayuntamiento de Madrid, publicado en el BOCM el 16 de mayo de 2024.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 9.º 1.1 k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la actuación administrativa automatizada para la emisión de los resguardos de constitución de garantías, de los justificantes de devolución de garantías y de los requerimientos de subsanación que correspondan, la notificación electrónica de los requerimientos de subsanación, y la comunicación electrónica de la constitución y devolución de garantías a la entidad garante, en el marco de la gestión electrónica de garantías en el Ayuntamiento de Madrid.

 

SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", sin perjuicio de su publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 30 de abril de 2025.- El Director General de la Oficina Digital, Fernando de Pablo Martín.

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