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BOAM nº 6851 (01/02/2013)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 31 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 10 de enero de 2013, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas de Gobierno en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM), atribuye a la Junta de Gobierno la competencia para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno (artículo 17.1 h).

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103.1 de la Constitución, en relación con el artículo 19 de la LCREM, la Administración ejecutiva de Madrid sirve con objetividad los intereses generales de la ciudad, desarrollando las funciones ejecutivas y administrativas que le corresponden.

 

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de enero de 2013, se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas de Gobierno en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, con el fin de crear el Área Delegada de Participación Ciudadana, dentro del Área de Gobierno de Coordinación Institucional.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 31 de enero de 2013,

 

ACUERDA

 

Artículo único.

 

Se modifica el artículo 2, apartado 7, del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de enero de 2013, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas de Gobierno en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"7. Área de Gobierno de Coordinación Institucional: coordinación general, coordinación institucional, coordinación territorial, comunicación y coordinación de la información, relaciones públicas, protocolo y participación ciudadana.

 

Las competencias en materia de participación ciudadana serán ejercidas por el Área Delegada de Participación Ciudadana".

 

Disposición transitoria única. Competencias del Área de Gobierno de Coordinación Institucional.

 

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de 17 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Coordinación Institucional y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, continuará vigente hasta que la Junta de Gobierno proceda a su adaptación a lo previsto en el presente Acuerdo.

 

Disposición final primera. Entrada en vigor.

 

El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" a efectos de conocimiento general.

 

Disposición final segunda. Comunicación al Pleno.

 

Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 31 de enero de 2013.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

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