BOAM nº 9839 (14/03/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
1012
Resolución de 12 de marzo de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, mediante el sistema de concurso-oposición libre, con reserva de plazas para militares profesionales de tropa y marinería.De conformidad con lo establecido en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.419, de 5 de julio de 2023), por la Dirección General de la Policía Municipal se ha formulado propuesta de resolución para la convocatoria, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de 550 plazas de la categoría de Policía, del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.
De las 550 plazas convocadas, 19 corresponden a la Oferta de Empleo Público del año 2022, que quedaron desiertas en la última convocatoria, 253 corresponden a la Oferta de Empleo Público del año 2023, y 278 plazas restantes corresponden a la Oferta de Empleo Público del año 2024.
Asimismo, 110 plazas de las 550 convocadas se reservan para el acceso libre de militares profesionales de Tropa y Marinería, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, así como en las disposiciones del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales, aprobado por Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, de la Comunidad de Madrid. Las 440 plazas restantes corresponden al turno de acceso libre.
Mediante Decreto de 27 de febrero de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.829, de 28 de febrero de 2025), rectificado por Decreto de 10 de marzo de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.836, de 11 de marzo de 2025), se han aprobado las bases específicas que regirán la mencionada convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del antedicho Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de la Policía Municipal.
En consecuencia, en uso de las competencias atribuidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición libre, con reserva de plazas para militares profesionales de Tropa y Marinería, para la provisión de 550 plazas de la categoría de Policía, del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera, correspondiendo 19 a la Oferta de Empleo Público del año 2022, 253 a la Oferta de Empleo Público del año 2023, y la 278 plazas restantes a la Oferta de Empleo Público del año 2024.
SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en el Decreto de 27 de febrero de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.829, de 28 de febrero de 2025), rectificado por Decreto de 10 de marzo de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.836, de 11 de marzo de 2025).
TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 13,85 euros, según lo previsto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen a la que se remite la base quinta apartado 5.2 de las generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 8.683, de 14 de julio de 2020).
CUARTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración Municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 26 de febrero de 2019 (artículo 38.2 y anexo).
Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace «Registro Electrónico» disponible en «Tramitar en línea». Una vez realizado el pago deben firmar y registrar la solicitud. El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria.
En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.
En caso de que las solicitudes se presenten por los/las aspirantes en formato papel en cualquier oficina de asistencia del Ayuntamiento de Madrid u otra administración, el órgano gestor notificará la necesidad de subsanación de la solicitud, puesto que de no llevarse a cabo la presentación de la solicitud por los medios electrónicos indicados se tendrá por no presentada. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.