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BOAM nº 6035 (05/10/2009)
Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

1916

Decreto de 2 de octubre de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad por el que se modifica la composición del Tribunal Calificador para proveer 358 plazas de Policía del Cuerpo de Policía Municipal.

Mediante Decreto de 4 de mayo de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad se procedió a nombrar a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer 358 plazas de Policía del Cuerpo de Policía Municipal, convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad de fecha 10 de febrero de 2009, una vez delegadas por Acuerdo de 13 de marzo de 2008 y 5 de febrero de 2009 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en el titular del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, las competencias para convocar y resolver las pruebas selectivas de acceso a las categorías de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, incluidas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2008.

 

Debido a la imposibilidad de acudir al Tribunal Calificador de la Vocal Titular designada en representación de la Dirección General de Seguridad, y a propuesta de dicho Centro Directivo, procede designar en su sustitución a D. Miguel Ángel Yagüe Rollón.

 

La nueva composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajusta a lo previsto en el punto 6.1 de las Bases que habrán de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para esta categoría.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en los mencionados Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fechas 13 de marzo de 2008 y 5 de febrero de 2009,

 

DISPONGO

 

Nombrar como Vocal Titular del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad de 10 de febrero de 2009, para proveer 358 plazas de Policía del Cuerpo de Policía Municipal, a D. Miguel Ángel Yagüe Rollón, en sustitución de Dª Marta Amelia Herrera Molino.

 

  Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer cualquier de los recursos que se indican a continuación:

   

  I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

   

  Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su Resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

   

  II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

   

  En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede el órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.12ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

   

  III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

   

  Madrid, a 2 de octubre de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo Poch.

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