BOAM nº 10026 (15/12/2025)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
4685
Decreto de 4 de diciembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por el que se corrige un error material detectado en el Decreto de 21 de noviembre de 2025 por el que se conceden los Premios del Certamen de Tunas 2025.ANTECEDENTES
PRIMERO.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 4 de julio de 2025, dispone convocar los Premios del Certamen de Tunas 2025, aprobando las correspondientes bases.
Celebrado el certamen el 15 de noviembre de 2025, el jurado de los Premios se reúne ese mismo día. De acuerdo con lo establecido en el apartado décimo tercero de las bases reguladoras de la convocatoria y tras la celebración de su sesión del día 15 de noviembre a las 20:00 h, elabora el acta en la que emite su fallo.
SEGUNDO.- Detectado error material en el acta de 17 de noviembre de 2025 de la reunión del jurado celebrada el 15 de noviembre para la concesión de los premios del Certamen de Tunas 2025 y en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 21 de noviembre de 2025 por el que se conceden los premios del Certamen de Tunas 2025 y vista el acta rectificativa de 28 de noviembre de 2025 de la reunión del jurado para la concesión de los premios del Certamen de Tunas 2025, hay que proceder a la rectificación del decreto de 21 de noviembre de 2025 por el que se conceden los premios del Certamen de Tunas 2025.
De conformidad con la propuesta del Director General de Programas y Actividades Culturales de fecha 28 de noviembre de 2025 y de acuerdo con lo establecido en artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
PRIMERO.- Rectificar el error advertido en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 21 de noviembre de 2025 por el que se conceden los premios del Certamen de Tunas 2025 en los términos que se indican a continuación:
En el apartado primero, donde dice:
"- (casi) Premio a la mejor tuna, con una dotación de 2.000 euros: Tuna de la E.T.S.I. de Caminos, Canales y Puertos, NIF G78084209".
Debe decir:
"- (casi) Premio a la mejor tuna, con una dotación de 2.000 euros: Tuna de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, NIF G19344639".
Y donde dice:
"- Premio al mejor cantante, con una dotación de 500 euros: Tuna de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, NIF G19344639".
Debe decir:
"- Premio al mejor cantante, con una dotación de 500 euros: Tuna de la E.T.S.I. de Caminos, Canales y Puertos, NIF G78084209".
SEGUNDO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica (https://sede.madrid.es) en cumplimiento de lo establecido en el artículo decimosexto de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO.- Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse:
1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Madrid, a 4 de diciembre de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.