BOAM nº 5899 (06/03/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 5 de febrero de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las Bases del Segundo Concurso de Dibujo “Defensor del Contribuyente”.Vista la memoria del Director de la Oficina del Defensor del Contribuyente de fecha 2 de enero de 2009 y en uso de las atribuciones delegadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar las Bases del Segundo Concurso de Dibujo "Defensor del Contribuyente", dirigido a escolares de Madrid de Enseñanza Primaria, segundo y tercer ciclo, que figuran como Anexo al presente Decreto.
SEGUNDO.- Convocar el Segundo Concurso de Dibujo "Defensor del Contribuyente", conforme a lo establecido en las mencionadas bases.
Madrid, a 5 de febrero de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.
ANEXO
BASES DEL SEGUNDO CONCURSO ESCOLAR DE DIBUJO ORGANIZADO POR LA OFICINA DEL DEFENSOR DEL CONTRIBUYENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
Con el fin de promover el conocimiento de los derechos y garantías de los contribuyentes, así como la difusión del sistema fiscal madrileño y el fomento de la conciencia fiscal entre los escolares madrileños, se convoca el Segundo Concurso Escolar de Dibujo "Defensor del Contribuyente", que se rige por las siguientes bases:
PRIMERA.- PARTICIPANTES.
Podrán participar todos los escolares de Madrid, dentro de las dos categorías siguientes:
A) Segundo ciclo de Primaria.
B) Tercer ciclo de Primaria.
La participación se efectuará a través del centro donde cursen sus estudios, pudiendo seleccionar cada centro tres obras por categoría.
Se dirigirá una carta, junto con las bases del concurso y la correspondiente guía didáctica para los profesores, a los diferentes centros educativos del término municipal, públicos, privados o concertados.
Esta información podrá ser ampliada, a petición de cada centro, con una charla explicativa, dirigida a los alumnos, que se impartiría por personal de la Oficina del Defensor del Contribuyente.
Así mismo, la convocatoria junto con las bases será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.2 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2009, en relación con los artículos 13.2 y 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la subvención, sus beneficiarios quedarán exceptuados de la acreditación del requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como de la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.
SEGUNDA.- CARACTERÍSTICAS Y TEMÁTICA DE LAS OBRAS.
Las obras deberán ser inéditas y versarán sobre los Impuestos, bajo el título siguiente: "¿Para qué sirven tus impuestos?". Se tratará de dibujos originales, realizados con cualquier material o técnica, en tamaño DIN A-4 (aproximadamente 20 x 30 cm.) o DIN A-3 (aproximadamente 30 x 40 cm.), sobre soporte rígido, cartón o cartulina, sin marco ni cristal.
Se entregará un folleto explicativo, como guía orientativa dirigida a los profesores. Para cualquier aclaración, así como para ampliación de la información, mediante una charla, en la forma indicada en la base precedente, los centros educativos podrán dirigirse, como persona de contacto en la Oficina del Defensor del Contribuyente, el Jefe del Departamento de la II Vocalía de dicha Oficina, (Correo electrónico: defensacontribuyente@munimadrid.es; teléfono: 91 5889337).
TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.
Las obras preseleccionadas por los centros educativos deberán enviarse o presentarse en la Oficina del Defensor del Contribuyente, sita en la C/ Noblejas, nº 1 - 1ª planta (28013- Madrid), por cualquier medio, del 15 al 30 de mayo de 2009, debiendo reseñar nombre y apellidos del autor, edad, curso, nombre del centro educativo, así como domicilio y teléfono del referido centro educativo.
CUARTA.- PREMIOS.
El concurso se resolverá entre junio y julio de 2009.
Categoría A) Un premio de 300 euros.
Categoría B) Un premio de 450 euros.
Podrán concederse, así mismo, dos accésit, uno por cada categoría, por valor de 100 euros cada uno.
Por último, se concederá a cada centro educativo cuyos alumnos hayan resultado galardonados con los primeros premios, un premio, a su vez, de 400 euros.
La adjudicación de los premios será notificada debidamente a los premiados.
Los alumnos premiados recibirán, así mismo, un diploma de reconocimiento.
En cuanto a la forma de pago de las cantidades antes indicadas, se efectuará mediante transferencia. En el caso de los alumnos, a las cuentas bancarias de los premiados, caso de que dispongan de ellas, o, en caso contrario, a las correspondientes a sus padres o tutores, a cuyo efecto, en este último supuesto, deberá acreditarse legalmente tal condición mediante la presentación de copia compulsada del libro de familia o documentación correspondiente.
QUINTA.- JURADO.
Presidente:
Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y en su ausencia, el Director de la Oficina del Defensor del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid.
Vocales:
Jefe del Departamento de la I Vocalía de la Oficina del Defensor del Contribuyente.
Jefe del Departamento de la II Vocalía de la Oficina del Defensor del Contribuyente.
Jefe del Departamento de la III Vocalía de la Oficina del Defensor del Contribuyente.
Actuará como Secretario el Jefe del Departamento de la II Vocalía de la Oficina del Defensor del Contribuyente.
El jurado valorará la creatividad, laboriosidad y calidad de las obras presentadas, siendo su fallo inapelable.
SEXTA.- PROPIEDAD DE LAS OBRAS.
Los dibujos recibidos por la Oficina del Defensor del Contribuyente pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Madrid, pudiendo ser utilizados para su exposición u otros fines que se consideren convenientes en la promoción de los derechos y garantías de los contribuyentes.
SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
La participación en el concurso implica la aceptación de todas y cada una de las presentes bases, así como el criterio de los organizadores en la resolución de cualquier cuestión no prevista en las mismas.