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BOAM nº 9855 (07/04/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

1371

Decreto de 28 de marzo de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la anualidad 2025.

Las políticas y estrategias de calidad del aire y de cambio climático deben ser abordadas de forma coordinada desde todos los ámbitos públicos y privados con el fin de aunar esfuerzos y ampliar la coordinación para la reducción de emisiones a la atmósfera de la ciudad de Madrid, a la vez que conseguir una mayor eficacia en la aplicación de los fondos públicos.

 

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que tiene como uno de sus principios rectores el de cautela y acción preventiva, establece determinadas obligaciones en el ámbito de la Administración Local para los municipios de más de 100.000 habitantes y las aglomeraciones, como la de elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire y la de integrar las consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas sectoriales.

 

Asimismo, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos en esta materia recoge entre sus objetivos generales el de reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero con el fin de alcanzar una penetración de energía de origen renovable en el consumo de energía final, así como una eficiencia energética.

 

En consecuencia, se han de destacar las políticas de mejora ambiental, los planes y protocolos de calidad del aire y cambio climático, y las actuaciones normativas y de fomento de la micromovilidad que se están llevando a cabo y que contribuyen a mejorar la calidad del aire en la ciudad de Madrid, y a favorecer e impulsar la movilidad personal en la ciudad.

 

Igualmente, para contribuir a la consecución de estos objetivos, la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental "Madrid 360" contempla una serie de ayudas (Cambia 360) dirigidas a fomentar la renovación de vehículos por otros menos contaminantes, y a impulsar la movilidad personal en el municipio de Madrid apostando por la micromovilidad.

 

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027 aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de julio de 2024, establece como uno de sus objetivos estratégicos el de "contribuir a una ciudad verde y saludable".

 

Para su consecución, incluye en la línea de subvención 10 "Promocionar la movilidad sostenible", y en el objetivo específico 36 "Mejorar la calidad del aire y reducir las emisiones potenciando el uso de vehículos menos contaminantes", la actuación 269 "Convocatoria para la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, y patinetes eléctricos", para la que se ha definido como objetivo operativo: "impulsar la movilidad suave para el transporte personal por la ciudad de Madrid, mediante el uso de vehículos eléctricos respetuosos con el medio ambiente (bicicletas con asistencia al pedaleo, ciclomotores, motocicletas y cuatriciclos eléctricos)".

 

El procedimiento de evaluación de esta convocatoria incluye indicadores de actividad (Incremento del importe de las subvenciones concedidas en este ejercicio sobre el anterior) e indicador de resultado (Número de vehículos subvencionados).

 

De este modo, la presente convocatoria regula las ayudas del año 2025 para la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas, y cuadriciclos eléctricos para favorecer el desplazamiento en la ciudad de Madrid. El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental "A" (sin distintivo ambiental) será un incentivo para incrementar el importe a percibir, excepto en la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo.

 

Con las ayudas que contempla esta convocatoria se satisfacen los siguientes objetivos de naturaleza medioambiental:

 

a) Favorecer el mejor cumplimiento de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de 2008, relativa a la Calidad del Aire y a una Atmósfera más Limpia en Europa, la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, y del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

 

b) Garantizar el cumplimiento del objetivo fijado por la Ordenanza de Movilidad Sostenible, 10/2021 de 13 de septiembre, de promover el uso de vehículos 0 emisiones y el desarrollo de la movilidad eléctrica.

 

c) Contribuir a la mejora del medio ambiente urbano y de la salud y seguridad de los ciudadanos, y a la eficiencia de la economía gracias a un uso más racional de los recursos naturales, promoviendo la disminución del consumo de energía y la mejora de la eficiencia energética, y fomentando los medios de transporte de menor coste social, económico, ambiental y energético, tanto para personas como para mercancías, en cumplimiento de los objetivos de la política de movilidad sostenible establecidos en la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

 

d) De acuerdo con el Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360 aprobado por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid el 7 de julio de 2022, facilitar y fomentar la integración funcional y regulatoria de los nuevos modos de movilidad personal y compartida en el sistema de transportes de Madrid.

 

e) Mejorar la calidad del aire y la movilidad global en la ciudad de Madrid, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por el transporte rodado y favoreciendo el cumplimiento de los compromisos en materia de Cambio Climático adoptados por el Ayuntamiento de Madrid.

 

La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la entidad colaboradora «Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM)» que fue seleccionada por decreto de 7 de febrero de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, previa convocatoria del correspondiente procedimiento de concurrencia en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3º.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de fecha 29 de junio de 2023,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la anualidad 2025, incluida en el anexo de este decreto.

 

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