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BOAM nº 9758 (13/11/2024)
Agencia Tributaria Madrid

3895

Resolución de 8 de noviembre de 2024 de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid por la que se aprueban los modelos de garantías para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en cualquier fase del procedimiento recaudatorio y no tributarias en fase de recaudación ejecutiva, así como la suspensión de la ejecución de actos tributarios y de actos relativos a ingresos de derecho público no tributario en fase de recaudación ejecutiva.

El Reglamento 1/2024, de 30 de abril, de Garantías y Depósitos en el Ayuntamiento de Madrid, establece en su artículo 5 lo siguiente: "Todas las garantías que sean constituidas en favor del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos deberán serlo con arreglo a los modelos aprobados por el órgano competente que serán de uso obligatorio por los interesados".

 

Asimismo, en la disposición adicional segunda, se señala un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del reglamento, para la aprobación por el órgano competente de los modelos de garantías. El Reglamento entró en vigor el pasado 17 de mayo, esto es, al día siguiente de su publicación en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Por otro lado, la Agencia Tributaria Madrid ejerce las competencias de la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales, así como la Recaudación en periodo ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se les encomiende (artículo 3 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008).

 

En el artículo 15, apartado 2.2, letra i, de los citados Estatutos, se atribuye al director del organismo la función para "[a]probar los modelos de avales y garantías a constituir por los interesados, conforme a lo establecido en las ordenanzas y reglamentos municipales, (...) para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de una deuda tributaria o de otro ingreso de derecho público".

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento 1/2024, de 30 de abril, de Garantías y Depósitos en el Ayuntamiento de Madrid, los modelos de avales y garantías a constituir por los interesados, conforme a lo establecido en las ordenanzas y reglamentos municipales, para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en cualquier fase del procedimiento recaudatorio y no tributarias en fase de recaudación ejecutiva, así como la suspensión de la ejecución de actos tributarios y de actos relativos a ingresos de derecho público no tributario en fase de recaudación ejecutiva.

 

SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efecto desde la fecha de su aprobación, debiendo publicarse en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Una vez publicados los modelos de garantías contenidos en los anexos serán de general aplicación a partir de la fecha en que se cumpla un mes desde que se produzca dicha publicación.

 

ANEXO I

Aval para suspensión de deudas tributarias en cualquier fase del procedimiento recaudatorio yde ingresos derecho público en periodo ejecutivo.

 

ANEXO II

Aval para garantizar el pago del aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias en recaudación ejecutiva.

 

ANEXO III

Seguro de caución para suspensión de deudas tributarias en cualquier fase del procedimiento recaudatorio y de ingresos derecho público en periodo ejecutivo.

 

ANEXO IV

Seguro de caución para garantizar el pago del aplazamiento y fraccionamiento de Deudas tributarias y no tributarias en recaudación ejecutiva.

 

ANEXO V

Fianza personal y solidaria para suspensión de ingresos de derecho público

 

Madrid, a 8 de noviembre de 2024.- La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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