BOAM nº 9756 (11/11/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
3862
Decreto de 8 de noviembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se modifica el Decreto de 27 de noviembre de 2023, por el que se aprueban las instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2024 y 2025.Por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de 27 de noviembre de 2023, se aprobaron las instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid, donde se incluyen el calendario de celebración para los años 2024 y 2025, los lugares habilitados para su celebración y las normas de utilización de estos.
El Decreto de 27 de noviembre de 2023, desde su aprobación, ha sido objeto de las siguientes modificaciones:
Por Decreto de 27 de marzo de 2024, se modificó, en su anexo IV "Normas de utilización de los lugares habilitados para la celebración de matrimonios civiles" como consecuencia de circunstancias puestas de manifiesto por el Distrito de Centro.
Por Decreto de 7 de junio de 2024, se modificó, en su anexo III "Lugares habilitados para la celebración de matrimonios civiles", en lo relativo al lugar de celebración del Distrito de Chamberí.
Por razones sobrevenidas comunicadas por el Distrito de San Blas-Canillejas, es necesario modificar parcialmente el anexo III, "Lugares habilitados para la celebración de matrimonios civiles", en lo relativo al lugar de celebración en dicho distrito.
Por todo ello y en virtud de la competencia atribuida en el apartado 3º.2.12 n) del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, referida a la fijación de los criterios de celebración de matrimonios civiles, procede dictar el presente
DECRETO
PRIMERO.- Modificar el Decreto de 27 de noviembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se aprueban las instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2024 y 2025, en los términos que se indican a continuación:
En el anexo III, “Lugares habilitados para la celebración de matrimonios civiles”, en lo referido al lugar de celebración del Distrito de San Blas-Canillejas, debe figurar únicamente Salón de Plenos, avenida de Arcentales, 28 tal y como queda reflejado en el nuevo anexo III que se adjunta.
SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.