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BOAM nº 8756 (26/10/2020)
Distrito de Fuencarral-El Pardo

1855

Decreto de 19 de octubre de 2020 del Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo relativa a la autorización de elementos industriales de calefacción como medida de apoyo a las terrazas con ocasión de la situación sanitaria covid-19.

La actual crisis provocada por el Covid-19 está afectando profundamente, entre otros, al sector de la hostelería y la restauración en su funcionamiento tanto interior como exterior y a la instalación y funcionamiento de las terrazas.

 

La Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración ha venido adoptando una serie de medidas de apoyo a este sector que, principalmente, se han materializado en la resolución 51.

 

Dado que la situación sanitaria no se ha resuelto, llegado el otoño se ha planteado la necesidad de instalación de aparatos industriales calefactores, que permitan mantener el funcionamiento de las terrazas hasta al menos el 31 de diciembre, con el fin de dar un adecuado servicio a la clientela. Por ello, se estima oportuno disponer un procedimiento ágil para la autorización temporal de dichos elementos industriales previstos en la Ordenanza de Terrazas de Quioscos de Hostelería y Restauración, previstos en el artículo 6.g) en los términos de su Anexo II.

 

El artículo 24 apartado b) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de julio de 2013, señala que "las autorizaciones de terrazas podrán modificarse durante su plazo de vigencia o suspenderse temporalmente, de oficio por el Ayuntamiento de Madrid, cuando concurran circunstancias que justifiquen un cambio en las condiciones de la autorización vigente o una suspensión temporal, sin que se genere derecho a indemnización".

 

A la vista de lo expuesto, en virtud de la competencia delegada en los Concejales Presidentes de los Distritos para otorgar las autorizaciones de terrazas de hostelería y restauración, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.º epígrafe 6.2 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 25 de julio de 2019, de organización y competencias de los Distritos, procede dictar el presente

 

DECRETO

 

Autorizar a los titulares de establecimientos que dispongan de las correspondientes autorizaciones demaniales de terrazas del Distrito de Fuencarral-El Pardo a la instalación temporal de elementos industriales móviles para la calefacción de la terraza, conforme al artículo 6.g) y en los términos previstos en el Anexo II, ambos de la vigente Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y de acuerdo con las siguientes condiciones:

 

1. Esta autorización tiene una vigencia temporal, por lo que la instalación de estos elementos industriales al amparo de este decreto se extenderá al plazo exacto de vigencia de la autorización de la correspondiente terraza.

 

2. Se podrán instalar elementos previstos en el apartado g) del Anexo II de la Ordenanza como mobiliario de la terraza. En este sentido, se autoriza la colocación de elementos tales como estufas eléctricas (como opción preferente), de gas que no requieran instalación, o similares. Será necesario que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la normativa específica y tener la homologación CE de la Unión Europea.

 

3. Este decreto no ampara la realización de obras o acometidas para la colocación para estos elementos.

 

4. Para poder efectuar el adecuado y necesario control de estas autorizaciones, los interesados deberán presentar, de forma electrónica, una documentación que permita identificar la actividad autorizada y que describa los elementos a instalar, sus requisitos técnicos y homologación, por lo que la autorización quedará sometida a condición resolutiva en su caso.

 

5. El incumplimiento de tales condiciones dará lugar al inicio de los procedimientos de restablecimiento de la legalidad que prevé la normativa vigente.

 

6. Serán de aplicación todos los parámetros de distancias para la instalación de estos elementos, contenidos tanto en la vigente Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, como en la Resolución 51, de 14 de mayo de 2020, de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración.

 

7. Se mantienen vigentes las prescripciones específicas y ambientales contenidas en la autorización otorgada a cada titular de la terraza.

 

8. Este decreto surte efectos a partir de su adopción, sin perjuicio de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 19 de octubre de 2020.- El Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo, Javier Ramírez Caro.

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