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BOAM nº 7974 (22/08/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

1830

Resolución de 18 de agosto de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 7 de agosto de 2017, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva destinada a librerías para los años 2017-2018 y las correspondientes bases.

Una vez aprobadas las bases por las que ha de regirse la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a librerías para los años 2017-2018, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo seis de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Alcaldesa de Madrid, de fecha 7 de agosto de 2017, y las correspondientes bases, con el siguiente contenido:

 

A la vista de las actuaciones del expediente de referencia y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las facultades que me han sido delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinada a librerías para los años 2017-2018, aprobando las correspondientes bases.

 

SEGUNDO.- Autorizar un gasto de 240.000 euros, en concepto de convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinada a librerías para los años 2017-2018, con cargo a las aplicaciones presupuestarias:

 

- 135.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/001/098/332.10/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas".

- 5.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/001/098/332.10/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".

- 95.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2018/001/098/332.10/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas".

- 5.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2018/001/098/332.10/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".

 

CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE GOBIERNO DE CULTURA Y DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID, DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADA A LIBRERÍAS

 

Disposiciones generales

 

ARTÍCULO 1. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es financiar proyectos desarrollados por librerías de Madrid cuya finalidad sea el fomento y la promoción de la lectura a través de distintos medios tales como la programación de actividades presenciales y/o virtuales y programas innovadores de promoción lectora.

 

ARTÍCULO 2. Período subvencionable.

La presente convocatoria ampara las subvenciones que puedan ser obtenidas por las entidades beneficiarias en función de la actividad desarrollada desde el 15 de enero de 2017 hasta el 31 de octubre de 2018, dividido a efectos de justificación en dos periodos:

 

- Del 15 de enero al 31 de octubre de 2017 imputable al ejercicio presupuestario 2017.

- Del 1 de noviembre de 2017 al 31 de octubre de 2018 imputable al ejercicio presupuestario 2018.

 

ARTÍCULO 3. Requisitos de los solicitantes.

A los efectos de la presente convocatoria, podrán acceder a la subvención aquellas librerías que, constituidas como empresas privadas o como entidades sin ánimo de lucro desde hace al menos dos años en el momento de la publicación de esta convocatoria, cumplan los siguientes requisitos:

 

- Ser empresario, tanto persona jurídica como autónomo, que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la venta de libros. En todo caso, la venta de libros debe ser de al menos un 60% del volumen total de negocio. Se incluyen entidades sin ánimo de lucro.

 

- Tener, en el momento de solicitar la ayuda, residencia fiscal y ubicación física en la ciudad de Madrid.

 

- Disponer de local físico abierto al público que cuente con dos años de antigüedad en el momento de la publicación de la convocatoria. Los cambios de domicilio no interrumpirán el cómputo de tiempo siempre y cuando la librería mantenga su nombre o sus socios.

 

- Disponer de un establecimiento con una superficie igual o superior a 30 metros cuadrados, abierto al público al menos 10 meses al año con un mínimo de apertura de 5 días y 35 horas a la semana.

 

- Tener a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en esta materia concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500. Por otro lado, las librerías con una facturación de libros superior a 600.000 euros deberán disponer de una oferta mínima de 6.000 títulos.

 

- Tener un catálogo con una orientación temática generalista o especializada (de carácter literario, divulgación científica, libro infantil y juvenil, cómic, novela gráfica, pensamiento, humanidades, ciencias, artes, etc.).

 

- Quedan excluidas: las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.

 

ARTÍCULO 4. Importe.

La dotación económica para las convocatorias del año 2017 y 2018 asciende a un importe total de 240.000 euros, queda consignada del siguiente modo:

 

- 2017/001/098/332.10/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 135.000 euros.

- 2017/001/098/332.10/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro": 5.000 euros.

- 2018/001/098/332.10/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 95.000 euros.

- 2018/001/098/332.10/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro": 5.000 euros.

 

La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el año 2018.

 

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