BOAM nº 9753 (06/11/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
3808
Resolución de 30 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento como personal laboral fijo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 65 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar Administración General (Auxiliar Administrativo/a-Taquillero/a) para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 11 de octubre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.244, de 17 de octubre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 65 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar Administración General (Auxiliar Administrativo/a-Taquillero/a) de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid.
Concluidas las pruebas selectivas, el Director General de Planificación de Recursos Humanos dispuso, por Resolución de 2 de julio de 2024, la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM núm. 9.668, de 5 de julio de 2024), habiéndose aportado por los aspirantes que figuran en el Anexo I, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria para su nombramiento como personal laboral fijo.
Una vez ha finalizado dicho plazo de presentación se ha comprobado que los aspirantes que figuran en los Anexos II y III, respectivamente, bien no aportan la documentación según lo establecido en base número 10, bien no cumple los requisitos establecidos en los artículos 3.1 g) de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, por lo que conforme a lo dispuesto en las bases expuestas no pueden ser nombrados personal laboral fijo.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 172 de 21 de julio de 2023), de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
En su virtud, se aprueba la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Declarar, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, la condición de personal laboral fijo de las personas que han superado el proceso selectivo incluidas en la relación que se incorpora como Anexo I a la presente resolución y adjudicarles destino conforme al citado Anexo I, ordenado en función de la puntuación final obtenida.
Ello de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 11 de octubre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.244, de 17 de octubre de 2022), para proveer 65 plazas del del Grupo/Subgrupo Profesional C2 denominadas Técnico/a Auxiliar Administración General, Especialidad Auxiliar Administrativo/a-Taquillero/a del Ayuntamiento de Madrid.
SEGUNDO.- Para adquirir la condición de personal laboral fijo, de conformidad con lo dispuesto en la base decimosegunda de las bases generales aplicables, las personas a las que se adjudica destino deberán firmar el correspondiente contrato de trabajo en la fecha y horario que se establece en el Anexo I a la presente resolución, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Por la Subdirección General de Gestión de Personal de la Dirección General de Costes y Gestión de Personal se procederá a la formalización de los contratos.
Los/las aspirantes que no firmen el contrato perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.
TERCERO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento como personal laboral fijo de los aspirantes que figuran en el Anexo II de la categoría de Técnico/a Auxiliar Administración General Auxiliar Administrativo/a Taquillero/a del Ayuntamiento de Madrid, al no aportar la documentación requerida, por lo que en aplicación de lo establecido en la base número 10 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos no pueden ser nombrados personal laboral fijo.
CUARTO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento como personal laboral fijo de la aspirante que figura en el Anexo III de la categoría de Técnico/a Auxiliar Administración General Auxiliar Administrativo/a Taquillero/a del Ayuntamiento de Madrid, al no cumplir con lo establecido en la base número 3.1.g) de las bases, por lo que en aplicación de lo establecido en las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no puede ser nombrada personal laboral fijo.
QUINTO.- La presente resolución tendrá efectos, con carácter general, el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2.c) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 30 de octubre de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.