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BOAM nº 9781 (17/12/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

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Decreto de 11 de diciembre de 2024 de la Delegada del Area de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la instrucción por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la concesión de felicitaciones al personal del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos.

El artículo 52, párrafo primero, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TRLEBEP), establece que los empleados públicos deben desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales, así como actuar con arreglo a los principios que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en el citado texto refundido.

 

Por otro lado, el artículo 66 de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, dispone que los funcionarios que se distingan notoriamente en el cumplimiento de sus deberes podrán ser premiados, entre otras, con recompensas tales como la mención honorífica u otras condecoraciones y honores. Este precepto añade que dichas recompensas se anotarán en la hoja de servicios del funcionario y se tendrán en cuenta como mérito en los concursos.

 

De conformidad con el artículo 2.3 de la citada ley, este precepto es de aplicación supletoria a las entidades que integran la Administración local, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones derogatoria única y final cuarta del TRLEBEP.

 

Con arreglo al artículo 2.2 del Reglamento 4/2022, de 29 de marzo, de Distinciones Honoríficas, se regirán por su normativa específica los títulos, honores y distinciones que se otorguen a personal empleado público del Ayuntamiento de Madrid por la excelencia en el desempeño de su trabajo.

 

Madrid Talento es una iniciativa del Ayuntamiento de Madrid que tiene como objetivo la dinamización y retención del talento interno, ampliando sus perspectivas de carrera profesional y poniendo en valor la vocación de servicio público.

 

En este contexto, cobran especial importancia los valores, que constituyen el conjunto de principios, directrices, reglas de actuación y atributos que orientan a los servidores públicos y rigen la actividad de la organización.

 

Por Decreto de 2 de septiembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, se aprobaron las bases de las distinciones "Madrid Talento" y el procedimiento para su concesión.

 

El apartado 2 de la base primera articula estas distinciones como "un sistema de motivación del personal ligado a su desempeño, así como para reconocer el especial servicio o colaboración que cualquier empleado público haya prestado a la Administración municipal." Para su otorgamiento las bases establecen una convocatoria anual, con un máximo de tres distinciones para cada una de las tres modalidades que se contemplan.

 

Con independencia de la necesaria creación de una categoría de distinciones como son las de "Madrid Talento", destinadas a reconocer la extraordinaria aportación de los empleados públicos en el ejercicio de sus funciones, ha existido en el Ayuntamiento de Madrid a lo largo del tiempo una variedad de reconocimientos que, quizá con menos solemnidad, pero igualmente oportunas, han servido para premiar a las personas que integran la plantilla municipal por actuaciones puntuales relevantes en la ejecución ordinaria de las políticas municipales.

 

Estos reconocimientos se han otorgado por distintas circunstancias (comportamiento ejemplar, colaboraciones especiales, celo…), y con diferentes denominaciones (casi siempre felicitaciones, pero también menciones o méritos) que siempre han tenido en cuenta la presencia de los valores asociados al servicio público.

 

Sin embargo, no existe un protocolo común o instrucción general que determine las reglas básicas para su tramitación, salvo los establecidos en materias específicas, como las mencionadas distinciones "Madrid Talento" o las contempladas en el Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal, de 31 de marzo de 1995.

 

Por este motivo, se considera oportuna la aprobación de la presente instrucción que establece los criterios y el procedimiento para la concesión de felicitaciones al personal del Ayuntamiento de Madrid.

 

En este sentido, es importante destacar que se ha tenido en cuenta la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP, que establece el principio de no discriminación para los trabajadores con un trabajo de duración determinada. Por tanto, se incluye en el ámbito de aplicación de la instrucción a los funcionarios interinos y al personal laboral temporal.

 

En su virtud, y de conformidad con los apartados 3.º 1.1 y 2.20 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, que establece que corresponde a la persona titular del área de gobierno dirigir e impulsar las políticas municipales y el desarrollo general, la coordinación y el control de las políticas del Ayuntamiento en materia de personal a propuesta de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la concesión de felicitaciones al personal del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que se incorpora como anexo.

 

SEGUNDO.- El decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 11 de diciembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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