BOAM nº 10133 (26/05/2026)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
1984
Decreto de 22 de mayo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la resolución de la convocatoria pública de subvenciones para promover el desarrollo de proyectos que impulsen el reequilibrio territorial y social en barrios vulnerables de la ciudad de Madrid para las anualidades 2026 y 2027.Por Decreto de 7 de noviembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se aprobó y dio publicidad a la convocatoria pública de subvenciones para promover el desarrollo de proyectos que impulsen el reequilibrio territorial y social en barrios vulnerables de la ciudad de Madrid para las anualidades 2026 y 2027, dirigida a federaciones, confederaciones, asociaciones y uniones de asociaciones de base inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid, así como a las agrupaciones de asociaciones siempre que las entidades que integren estas agrupaciones estén igualmente inscritas en la sección 1.ª del Censo Municipal.
El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en ochocientos mil euros (800.000 €), cuatrocientos mil euros (400.000 €) en la anualidad 2026, y otros cuatrocientos mil euros (400.000 €) en la anualidad 2027. Este importe se imputará a la aplicación presupuestaria 001/120/232.00/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid y se distribuirá entre los siguientes ámbitos de actuación definidos en el apartado 5 y 11 de las bases:
a) Proyectos sociales, de formación y empleo: 400.000 euros (200.000 euros en cada año).
b) Proyectos de carácter educativo, cultural, de ocio y deporte: 400.000 euros (200.000 euros en cada año).
La convocatoria se publicó el 24 de noviembre de 2025 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica; habiéndose publicado, asimismo, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Según lo dispuesto en el apartado 10.2 de las bases de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes fue de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que este plazo se inició el 25 de noviembre de 2025 y finalizó el 16 de diciembre de 2025.
De conformidad con el apartado 11.2, por Decreto de 10 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se nombraron a los miembros de la Comisión de Valoración. Esta comisión efectuó la valoración de las solicitudes presentadas en la sesión celebrada el 27 de marzo de 2026, emitiendo a tales efectos el correspondiente informe en el que se concretaba el resultado de la valoración de los proyectos presentados, según los criterios previstos en el apartado 7 de las bases y la relación de aquellas entidades que se declaran desistidas de su petición, al no haber atendido el requerimiento de subsanación previamente efectuado.
A la vista de este informe, la Dirección General de Participación Ciudadana en su condición de órgano instructor, formuló el 6 de abril de 2026 la propuesta de resolución provisional.
Esta propuesta, con sus anexos, se publicó en sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es el 7 de abril de 2026, para que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11.3 de la convocatoria, a partir del día siguiente de su publicación los interesados formulasen las alegaciones que estimasen oportunas en un plazo de diez días hábiles, que finalizó el 21 de abril de 2026.
Finalizado el trámite de audiencia la Asociación Pro-Recuperación de Marginados presentó alegaciones a la propuesta provisional indicando la vulneración del apartado 11.3 de las bases, en la medida en que dicha propuesta no incorporaba la totalidad de las solicitudes presentadas, al no recoger el proyecto presentado por esta entidad. Por ello, solicitó la revisión del expediente, la publicación de la valoración técnica de su solicitud y la retroacción del procedimiento, en el supuesto de que se hubiera producido un error material o técnico.
Esto no obstante, la propuesta provisional recoge, conforme requiere el apartado 11.3 de las bases, la relación de las entidades propuestas como beneficiarias (relacionadas en el Anexo I), aquellas entidades que no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito (Anexo II), las solicitudes desestimadas: aquellas que no han alcanzado la puntuación mínima exigida en el apartado 11.1 de las bases (Anexo III) y las solicitudes inadmitidas a trámite (Anexo IV).
Por el contrario, la relación de aquellas entidades que deben declararse desistidas por no haber atendido en todos sus términos el requerimiento de subsanación de la solicitud que hubiera podido formularse en aplicación del apartado 10.4 de las bases, deben relacionarse en la propuesta de resolución definitiva, tal y como requiere el apartado 11.4 de las bases.
Es el caso de la Asociación Pro-Recuperación de Marginados que no atendió en los términos indicados el requerimiento de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social a 16 de diciembre de 2025, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, por lo que se la declara desistida de su petición.
En aplicación de los apartados 11.3 y 11.4 de las bases, la propuesta definitiva, con la relación de las entidades desistidas incluidas en el anexo V, se publicó en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid el 22 de abril de 2026, otorgando un plazo de cinco días hábiles a las entidades propuestas como beneficiarias de la convocatoria para que, conforme al apartado 11.4 de las bases, aceptan o rechacen la subvención. Las cuatro entidades propuestas como beneficiarias han aceptado la subvención, aportando la documentación preceptiva.
Esta propuesta de adjudicación se adecúa a la normativa aplicable.
A la vista de la propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana, de 12 de mayo de 2026, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas con arreglo al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones de la convocatoria pública para promover el desarrollo de proyectos que impulsen el reequilibrio territorial y social en barrios vulnerables de la ciudad de Madrid para las anualidades 2026 y 2027, por un importe total de 800.000,00 euros (400.000,00 euros en la anualidad 2026 y 400.000,00 euros en la anualidad 2027), a favor de las entidades beneficiarias que figuran en el anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/120/232.00/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del presupuesto municipal vigente del Ayuntamiento de Madrid, al haber obtenido estos proyectos las mayores puntuaciones, conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado 7 de las bases de la convocatoria.