Saltar navegación

BOAM nº 8563 (20/01/2020)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

83

Acuerdo de 16 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la derogación de la Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, para su integración parcial en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, así como la modificación del mismo.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, señalando que con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, aprobó, por Acuerdo de 20 de octubre de 2016, las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales.

 

En este sentido, se estima procedente derogar la vigente Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 30 de mayo de 2018, para integrar parte de su contenido, en un título independiente del actual Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Pleno en fecha 31 de mayo de 2004, como forma específica de participación, debido al auge de la iniciativa social y de la activa colaboración social de las entidades ciudadanas; así como, modificar el mencionado Reglamento Orgánico, al objeto de adaptar los medios de participación a las nuevas tecnologías y a las exigencias de la administración electrónica y clarificar e integrar los diferente procedimientos de participación en un mismo texto normativo, con el objetivo de mejorar y garantizar un mejor, más eficaz y eficiente sistema de participación en la gestión municipal.

 

Para poder conocer la opinión de la ciudadanía y efectuar las modificaciones en el planteamiento inicial que se estimen pertinentes, se considera conveniente someter a consulta pública las cuestiones generales relativas a la modificación del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Madrid, y a la integración de parte de la Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, dentro del citado Reglamento.

 

El apartado tercero de las Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 16 de enero de 2020,

 

ACUERDA

 

PRIMERO - Someter a consulta pública previa la derogación de la Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno el 30 de mayo de 2018, para su integración parcial en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, así como la modificación del mismo, durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO - El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 16 de enero de 2020.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ángela Pérez Brunete.

Subir Bajar