BOAM nº 6225 (14/07/2010)
Distrito de Moratalaz
1432
Resolución de 12 de julio de 2010 del Gerente del Distrito de Moratalaz por la que se impone una sanción a Take a Wok, S.L., expediente número 115/2010/996.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio.
Denunciado: Take a Wok, S.L.
Lugar de los hechos: Calle Corregidor Diego de Valderrábano, 25, 28030 Madrid.
Hechos denunciados: Incumplimiento de los requisitos, condiciones, obligaciones o prohibiciones de naturaleza sanitaria (no se indican con claridad los parámetros que indican el cambio de aceite de las freidoras, no funciona el sistema de secado de manos del servicio higiénico del personal, carencia de un sistema de cierre automático en la puerta que comunica el servicio higiénico del personal con el resto del establecimiento, no presenta algunos certificados de manipuladores de alimentos, no presenta licencia municipal).
Norma infringida: Artículo 47.1 en relación con el artículo 52.2 de la Ley 11/98, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
Calificación y artículo de la sanción: Leve, artículo 53.1 de la citada Ley.
Sanción prevista: Hasta 3.000,00 euros.
Sanción propuesta: 600,00 euros.
Fecha y hora de la denuncia: 28 de enero de 2010, a las doce horas y cinco minutos.
Contra esta resolución podrá interponer los siguientes recursos:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito Municipal, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL) y artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
2. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).
Madrid, a 12 de julio de 2010.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.