Saltar navegación

BOAM nº 6665 (30/04/2012)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

898

Decreto de 17 de abril de 2012 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se modifica la denominación de las Oficinas de Registro Auxiliares adscritas a las Oficinas de Atención al Ciudadano “Línea Madrid” de Moncloa-Aravaca y de Fuencarral-El Pardo.

El presente Decreto tiene la finalidad de proceder a la modificación de la denominación de las Oficinas de Registro Auxiliares actualmente existentes, adscritas a las Oficinas de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" Moncloa-Aravaca y de Fuencarral-El Pardo.

 

Este cambio de denominación supone que la actividad de anotación de los asientos de entrada y salida de solicitudes, escritos y comunicaciones de estas Oficinas de Registro, se realice de manera independiente y diferenciada de la correspondiente Oficina de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" del Distrito al que pertenecen, de manera que su funcionamiento se agilice y simplifique.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 del Decreto del Alcalde de 17 de enero de 2005, por el que se regula la Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento de Madrid y a propuesta de los Concejales Presidentes de los Distritos de Moncloa-Aravaca y de Fuencarral-El Pardo,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- La Oficina de Registro Auxiliar de Aravaca de la Oficina de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" de Moncloa-Aravaca y las Oficinas de Registro Auxiliares de El Pardo y de Valverde, ambas de la Oficina de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" de Fuencarral-El Pardo, pasan a denominarse, respectivamente, Oficina de Registro de Aravaca de la Oficina Auxiliar de Aravaca "Línea Madrid" Moncloa-Aravaca, Oficina de Registro de El Pardo de la Oficina Auxiliar de El Pardo "Línea Madrid" Fuencarral-El Pardo y Oficina de Registro de Valverde de la Oficina Auxiliar de Valverde "Línea Madrid" Fuencarral-El Pardo, manteniendo el mismo horario de atención al público: los días laborables, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, permaneciendo cerradas el mes de agosto y los días 24 y 31 de diciembre.

 

SEGUNDO.- La relación actualizada de las Oficinas de Registro, que constituyen el sistema único del Registro General del Ayuntamiento de Madrid, se incorpora como Anexo al presente Decreto.

 

TERCERO.- Lo dispuesto en el presente Decreto surtirá efectos desde el 23 de abril de 2012, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 17 de abril de 2012.- La Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.

Subir Bajar