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BOAM nº 9886 (27/05/2025)
Agencia de Actividades

2097

Resolución de 23 de mayo de 2025 del Gerente de la Agencia de Actividades por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 16 de mayo de 2025 del Gerente de la Agencia de Actividades por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión abierta a otras Administraciones públicas por el procedimiento de libre designación LD-AA-002/2025.

Se ha advertido error en la Resolución de 16 de mayo de 2025 del Gerente de la Agencia de Actividades por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-AA-002/2025, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 21 de mayo de 2025. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en los estatutos de la Agencia de Actividades,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el Anexo I Listado de puestos de trabajo en relación con el puesto con número de orden 1, código del puesto 30203171, en los siguientes términos: en la columna denominada "Complemento Específico Anual" donde dice "30.042,88 € " debe decir "31.973,76 €".

 

SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el puesto 30203171. Las instancias que se hubieran presentado dentro del plazo inicialmente previsto continuarán produciendo efectos siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución de rectificación o no se vean afectadas por ella.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la LPAC.

 

Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 23 de mayo de 2025.- El Gerente de la Agencia de Actividades, Ricardo Galeote Lago.

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