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BOAM nº 9756 (11/11/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3867

Resolución de 7 de noviembre de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se hace pública la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer en turno libre, 25 plazas de la categoría de Enfermero/a de Emergencias para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Por el Tribunal de Selección de las pruebas selectivas convocadas mediante Resolución de 13 de octubre de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 8.996, de 15 de octubre de 2021), se convocaron las pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de 25 plazas de la categoría de Enfermero/a de Emergencias para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

 

Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador publicó la relación de aprobados/as por el orden de puntuación alcanzado en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, elevándola, simultáneamente, al titular del órgano competente para su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», iniciándose a partir del día siguiente el plazo para que los aspirantes presenten los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los apartados 10.1 y 11.1 de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020).

 

Terminado el plazo para la presentación de la documentación, por el Tribunal Calificador se ha formulado propuesta para hacer pública la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo referido con indicación de la puntuación alcanzada por los mismos, según se recoge en el anexo que se acompaña, con la exclusión de la lista definitiva de aprobados del proceso selectivo de D. Francisco Javier Morillo Rodriguez, quien el pasado 3 de septiembre de 2024 renunció a ser nombrado funcionario de carrera en el presente procedimiento selectivo al tomar posesión como funcionario de carrera en la misma categoría en el proceso selectivo convocado por Resolución de 9 de diciembre de 2022, del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se convocan plazas para la estabilización de empleo temporal en el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, en la categoría de Enfermero/a.

 

Corresponde al titular de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal de las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, de conformidad de lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a lo establecido por el Tribunal Calificador y a propuesta de la Directora General de SAMUR-Protección Civil, en uso de las competencias atribuidas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica (www.madrid.es) de la relación complementaria de aspirantes con indicación de la puntuación total alcanzada e incorporada como anexo a la presente resolución que, de conformidad con la propuesta del Tribunal de Selección, han superado la fase de concurso oposición incorporada como anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Requerir a la persona aspirante relacionada en el anexo, la presentación de la documentación acreditativa de que posee los requisitos exigidos en las citadas bases generales, para poder ser nombrado funcionario de carrera en la categoría de Enfermero/a de Emergencias para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. (artículo 124 LPAC).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 7 de noviembre de 2024.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.

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