BOAM nº 10128 (19/05/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1869
Decreto de 6 de mayo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se modifica el Decreto de 24 de abril de 2026 por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026 para incentivar el emprendimiento en los mercados, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mismos y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa.Con fecha 24 de abril de 2026, la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda dictó decreto por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026 para incentivar el emprendimiento en los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mercados y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa.
Al objeto de dotar de una mayor claridad y seguridad jurídica a la aplicación de la línea 3 de la convocatoria de subvenciones, resulta necesario ajustar determinados aspectos de carácter técnico y procedimental.
En este sentido, se considera más adecuado y preciso especificar que el reemplazo de quioscos de prensa debe referirse a quioscos «homologados o singularizados», en sustitución de la expresión «homologados o no», por resultar esta última menos concreta y susceptible de interpretaciones ambiguas.
Asimismo, se considera conveniente que, entre la documentación a aportar por las personas solicitantes, se incluya el certificado de homologación o, en su caso, la declaración de singularidad del quiosco a fin de acreditar de forma expresa el cumplimiento de dicho requisito.
La modificación se fundamenta en razones de precisión jurídica, seguridad administrativa y correcta gestión de los fondos públicos.
En su virtud, de conformidad con la propuesta de 5 de mayo de 2026, de la Dirección General de Comercio y Hostelería, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda,
DISPONGO
PRIMERO.- Modificar el Decreto de 24 de abril de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026 para incentivar el emprendimiento en los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mercados y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa, en los términos que se indican a continuación:
Uno. Se modifica el párrafo cuarto del apartado 1 de la convocatoria, Objeto, Línea 3, que queda redactado en los siguientes términos:
«Línea 3: Incentivar la mejora, modernización o sustitución de los quioscos de prensa, siempre que hayan obtenido su homologación con posterioridad al 15 de febrero de 2024 mediante el abono de estas actuaciones con un límite de treinta mil euros por quiosco. Así como el reemplazo de quioscos de prensa, homologados o singularizados, por otros que se encuentren en correcto estado».
Dos. Se modifica el último párrafo del apartado 5 de la convocatoria, Gastos subvencionables, Línea 3, que queda redactado en los siguientes términos:
«El coste de reemplazar un quiosco abierto mediante el traslado de un quiosco cerrado, homologado o singularizado, en correcto estado».
Tres. Se modifica la letra b) del apartado 8.3 de la convocatoria, Cuantía máxima de las ayudas, que queda redactado en los siguientes términos:
«b) Reemplazo de quiosco de prensa por otro en buen estado (homologado o singularizado): se subvencionará el 100 % del coste, con un límite máximo de 18.000 euros por quiosco».
Cuatro. Se modifica la letra c) del apartado 10.4.4 de la convocatoria, Iniciación del procedimiento y presentación de solicitudes, para la Línea 3, que queda redactado en los siguientes términos:
«c) certificado de homologación o declaración de singularidad del quiosco».
SEGUNDO.- La citada modificación no afecta a los plazos de presentación de las solicitudes de la convocatoria, que se mantienen inalterados para las tres líneas de subvención.
TERCERO.- Disponer la publicación, por el órgano competente, de un extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como del texto consolidado de las bases, que se incorpora como anexos a este decreto, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 6 de mayo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.