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BOAM nº 6382 (02/03/2011)
Distrito de San Blas

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Resolución de 1 de diciembre de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se inicia expediente sancionador a la entidad mercantil Bowling Park, S.L., expediente número 117/2010/07063.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de inicio del expediente sancionador número 117/2010/07063, nombrando instructor y secretario sujetos ambos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la citada ley, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

Referencia: 117/2010/07063.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.

Emplazamiento: Calle Aracne, 3, planta 2, local 219.

Interesado: Bowling Park, S.L.

Hechos denunciados: Carecer de cartel identificativo.

Norma infringida: Artículo 7 del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones de la Comunidad de Madrid y artículo 13 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.

Calificación de la infracción: Falta grave, según el artículo 38.16 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.

Sanción prevista: Multa comprendida entre 3.006,00 y 30.050,00 euros, artículo 41.2 a) de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.

Fecha de la denuncia: 13 de septiembre de 2010, a las 20:10 horas.

Instructor: José Luis de Pablo Trabalón.

Secretario: Alejandro Pérez Correa.

 

Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la publicación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).

 

Madrid, a 1 de diciembre de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

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