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BOAM nº 9037 (17/12/2021)
Ayuntamiento Pleno

3404

Acuerdo de 30 de noviembre de 2021 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la Ordenanza 12/2021, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza reguladora de los Quioscos de Prensa, de 27 de febrero de 2009.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (19/2021), ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa que se acompaña al presente acuerdo.

 

SEGUNDO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid este acuerdo y el texto de la ordenanza que constituye su objeto.

 

TERCERO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3 e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

ANEXO

 

Ordenanza 12/2021, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza reguladora de los Quioscos de Prensa, de 27 de febrero de 2009.

 

PREÁMBULO

 

La exposición de motivos de la Ordenanza reguladora de los Quioscos de Prensa, de 27 de febrero de 2009 se refiere con carácter general a la necesaria modernización del ejercicio de la actividad de venta de periódicos y revistas en los quioscos de prensa ubicados en la vía pública, con la doble finalidad de armonizar la estética de la ciudad y de mejorar el servicio que se presta a los ciudadanos.

 

En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid ha impulsado en la mencionada Ordenanza una regulación adecuada relativa a las marquesinas, a los términos de la homologación de los modelos de los quioscos, a la sustitución de éstos y a la ampliación de las categorías de productos cuya comercialización se autoriza.

 

Con el transcurso del tiempo, y en el marco de un diálogo permanente de las autoridades municipales competentes con la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid, se ha puesto de manifiesto la conveniencia de modificar una vez más la Ordenanza, en una perspectiva dinámica, para abordar la mejora de las condiciones de ejercicio de la específica actividad comercial, unas referidas a las características de los situados, haciéndolos más competitivos, seguros y acogedores, en beneficio de titulares y clientes, y otras para posibilitar la movilidad profesional de los primeros, permitiendo que quien ya es titular de un quiosco pueda participar en la licitación, con la condición de que, en el caso de resultar adjudicatario de un nuevo situado, renuncie previamente a la titularidad del que ya tenía. Novedad que viene a constituir un punto de equilibrio entre el legítimo deseo de movilidad y de mejora de las personas titulares de quioscos y el respeto al principio no escrito pero que subyace a la normativa de "una persona, un quiosco".

 

Además, se ha querido fortalecer la solvencia del negocio, ampliando el perímetro de la publicidad permitida a todos los productos y objetos que puedan ser comercializados en sus establecimientos, con la idea de que el pretendido alineamiento tenga en cuenta no solo la autorización ya operada de nuevos productos sino también las que pudieran producirse en el futuro.

 

Finalmente, se ha aprovechado la modificación para introducir algunas mejoras de técnica normativa en algunos términos y pasajes del texto, especialmente en materia de sanciones y multas, actualizándose, por último, algunas referencias normativas que han sido objeto, a su vez, de modificación.

 

La modificación de la Ordenanza Reguladora de los quioscos de prensa, redactada al amparo de las competencias del Ayuntamiento de Madrid en materia de bienes de dominio público, cumple los principios exigidos por el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En efecto, de conformidad con los principios de necesidad y eficacia, las nuevas condiciones de ejercicio de la actividad comercial de los titulares de quioscos de prensa coadyuvarán a una mayor profesionalización del sector en una dinámica de mejora continua y, de modo más general, al impulso de la economía de la ciudad.

 

Por otra parte, en aplicación del principio de proporcionalidad, la modificación se ciñe, fundamentalmente, a la inclusión en el texto de los términos precisos para posibilitar las mejores condiciones de ejercicio de la actividad comercial, sin que se impongan medidas restrictivas de derechos, o se limiten las obligaciones de sus destinatarios.

 

Se garantiza, además, el principio de seguridad jurídica, toda vez que la iniciativa se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico y genera, en su ámbito sectorial y local, un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilitará su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y organizaciones representativas del sector.

 

Asimismo, de acuerdo con el principio de transparencia, se posibilitará el acceso sencillo, universal y actualizado a la modificación normativa y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En este sentido, la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid ha tenido una participación activa en la elaboración de la modificación de la Ordenanza.

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