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BOAM nº 9220 (12/09/2022)
Distrito de Fuencarral-El Pardo

2579

Decreto de 1 de septiembre de 2022 del Concejal Presidente de Fuencarral-El Pardo por el que se ordena la publicación de la apertura del periodo de información pública de la propuesta de estructura de coste y fórmula de revisión de tarifas del contrato de concesión del servicio cultural que comprende obras de rehabilitación y puesta en funcionamiento del Teatro Madrid, en avenida de Monforte de Lemos, 38.

El Distrito de Fuencarral-El Pardo tiene previsto licitar en los próximos meses el contrato de concesión del servicio cultural que comprende obras de rehabilitación y puesta en funcionamiento del Teatro Madrid, por un plazo de duración máxima de 30 años.

 

El Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, en su artículo 9.2 dispone que procederá la revisión periódica y predeterminada de dichos precios, transcurridos dos años desde la formalización del contrato y ejecutado al menos el 20 por ciento de su importe, cuando concurran acumulativamente las siguientes circunstancias:

 

a) Que el período de recuperación de la inversión del contrato sea igual o superior a cinco años, justificado conforme al criterio establecido en el artículo 10.

b) Que así esté previsto en los pliegos, que deberán detallar la fórmula de revisión aplicable, dispone que para los contratos con un precio igual o superior a cinco millones de euros.

 

A tales efectos, en la memoria que acompañe al expediente de contratación, el órgano de contratación deberá justificar el carácter recurrente de la variación de los distintos componentes de coste a considerar en la fórmula de revisión de precios, el cumplimiento de los principios y límites contenidos en los artículos 3, 4, 5 y 7, así como el período de recuperación de la inversión del contrato. Deberá justificarse asimismo que los índices elegidos son aquellos que, con la mayor desagregación posible de entre los disponibles al público, mejor reflejen la evolución del componente de coste susceptible de revisión en cuestión.

 

Existen algunas otras previsiones aplicables a los contratos con un precio igual o superior a cinco millones de euros. Para ellos, el apartado 7 de este mismo artículo 9 señala que el órgano de contratación incluirá en el expediente de contratación un informe preceptivo valorativo de la estructura de costes, emitido por el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado.

 

A tales efectos, el órgano de contratación deberá:

 

a) Solicitar a cinco operadores económicos del sector la remisión de su estructura de costes.

b) Elaborar una propuesta de estructura de costes de la actividad. Para ello utilizará, siempre que sea posible, la información de las respuestas que reciba de los operadores económicos mencionados en la letra anterior.

c) Someter su propuesta de estructura de costes a un trámite de información pública por un plazo de 20 días. En caso de que se presenten alegaciones en dicho trámite, el órgano de contratación deberá valorar su aceptación o rechazo de forma motivada en la memoria. En el caso de los contratos de concesión de obra pública, el órgano de contratación podrá optar por incluir este trámite de información como parte del previsto en el apartado 3 del artículo 128 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

d) Remitir su propuesta de estructura de costes al Comité Superior de Precios de Contratos del Estado.

 

El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado deberá evacuar el informe preceptivo en un plazo no superior a veinte días, a contar desde el día siguiente a la recepción de la propuesta de estructura de costes mencionada en la letra d) anterior.

 

En caso de que el comité considere que la información remitida no es suficiente o requiera alguna aclaración, podrá solicitar al órgano proponente información adicional. Este requerimiento suspenderá el plazo de evacuación del informe en tanto no haya respuesta del órgano de contratación. En el caso de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, así como de los organismos y entidades de ellas dependientes, este informe podrá ser recabado del órgano autonómico consultivo en materia de contratación pública, si existiera. En caso contrario, deberá ser recabado del Comité Superior de Precios de Contratos del Estado. En todo caso, el órgano de contratación deberá comunicar a efectos informativos al Comité Superior de Precios de Contratos del Estado y, en su caso, al órgano autonómico consultivo correspondiente, la estructura de costes incluida en el pliego.

 

Concurriendo tales circunstancias para este contrato, conforme establece el artículo 9, se ha solicitado su estructura de costes a cinco operadores económicos significativos del sector: Eurotransac, S.L., Some Produce (SOM 2011, S.L.), Stage Entertainment España, S.L., J&L Spain, S.L., y Grupos Media.

 

Transcurrido el plazo otorgado, no se han recibido contestaciones en el sentido solicitado por lo que se ha elaborado una propuesta de estructura de costes para la actividad de prestación del servicio de artes escénicas y otros servicios culturales, al objeto de poder someterla al preceptivo trámite de información pública por un plazo de 20 días tal y como establece el artículo 9.7.b) y posteriormente remitirla al órgano competente de la Administración General del Estado o de la Comunidad de Madrid para su informe previo a la aprobación de los pliegos.

 

Procede dar continuidad al procedimiento que se acaba de referir. Para ello, se eleva al Concejal Presidente la siguiente

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

1.- Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en el tablón de edictos, la apertura del período de información pública, por plazo de 20 días, la "Propuesta de estructura de coste y fórmula de revisión de tarifas del contrato de concesión del servicio culturales que comprende obras de rehabilitación y puesta en funcionamiento del Teatro Madrid", al objeto de que los interesados puedan examinar el mismo en el indicado plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

2.- Los documentos pueden ser consultados por los ciudadanos de forma presencial en las dependencias administrativas de la Secretaría del Distrito de Fuencarral-El Pardo, sita en la avenida Monforte de Lemos, 40, 2.ª planta, en horario de 09:00 a 14:00 horas, con cita previa solicitada al correo electrónico omfuencarral@madrid.es.

 

3.- Asimismo, podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, dirigidas a la Secretaría del Distrito, que podrán presentarse, o bien online a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid o en las oficinas de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 1 de septiembre de 2022.- El Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo, Javier Ramírez Caro.

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