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BOAM nº 9932 (31/07/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

3004

Resolución de 16 de julio de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de los aspirantes integrantes de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer, para la estabilización de empleo temporal de larga duración, 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9276, de 2 de diciembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

 

Concluidas las pruebas selectivas, el Director General de Planificación de Recursos Humanos dispuso, por Resolución de 24 de marzo de 2025, la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM núm. 9848, de 27 de marzo de 2025), conforme a lo previsto en la base 9.2 de las bases que rigen la convocatoria, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOAM núm. 9180, de 14 de julio de 2022), así como en la Resolución de 7 de octubre de 2024 de la Coordinadora General de Presupuestos y Recursos Humanos por la que se aprueba la instrucción por la que se establecen criterios para la finalización de los procesos de estabilización y para el abono de la compensación económica prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOAM núm. 9734, de 9 de octubre de 2024), otorgando a los aspirantes que figuran en dicha relación complementaria un plazo de 10 días naturales para la presentación de los documentos relacionados en la resolución.

 

Una vez ha finalizado dicho plazo de presentación se ha comprobado que los aspirantes que figuran en el anexo II, no aportan la documentación según lo establecido en la base número 10 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos.

 

Por otra parte, respecto de los aspirantes que figuran en el anexo III, se ha comprobado que no poseen la titulación exigida según lo establecido en la base número 3.1.e de las bases de aplicación.

 

En consecuencia, una vez requeridas las personas interesadas y visto que de las alegaciones formuladas y la documentación aportada no se desprende la posesión de un título válido en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,  conforme a las bases expuestas no pueden ser nombrados funcionarios/as de carrera.

 

Habiéndose aportado por los aspirantes que se relacionan en el anexo I la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, procede su nombramiento como funcionarios/as de carrera, según el orden que ocupan en el proceso selectivo.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172 de 21 de julio de 2023).

 

En su virtud,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Nombrar funcionarios de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid a los aspirantes que se relacionan en el anexo I de esta resolución, ordenada de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación del destino que se les adjudica. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9276, de 2 de diciembre de 2022), para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de esta categoría, en aplicación de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, la cual está encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Técnicos, grupo C, subgrupo C1 de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

SEGUNDO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario/a de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, y tomar posesión de su destino en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido el plazo de un mes, los/as aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.

 

TERCERO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento, como funcionarios/as de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, a los aspirantes que figuran en el anexo II, al no aportar la documentación requerida, por lo que, en aplicación de lo establecido en la base número 10 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no pueden ser nombrados funcionarios de carrera.

 

CUARTO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento, como funcionarios/as de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, a los aspirantes que figuran en el anexo III, al no poseer la titulación exigida según lo establecido en la base número 3.1.e de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, por lo que no pueden ser nombrados funcionarios de carrera.

 

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