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BOAM nº 6566 (05/12/2011)
Ayuntamiento Pleno

2394

Acuerdo de 30 de noviembre de 2011 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos del Programa de Actividades Deportivas en la Nieve, de la Dirección General de Deportes.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Primero.- Aprobar el establecimiento de los precios públicos del Programa de Actividades Deportivas en la Nieve, de la Dirección General de Deportes, que figuran en el anexo y según las condiciones de aplicación que en el mismo se establecen.

Segundo.- Con efectos de 1 de enero de cada año, los precios públicos establecidos serán objeto de actualización conforme a la variación interanual del Índice General de Precios al Consumo del mes de octubre del año inmediato anterior, practicándose, en su caso, el redondeo a la baja a la cifra más cercana múltiplo de cinco céntimos de euro.

Tercero.- A los precios públicos establecidos por el presente Acuerdo les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; y en la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades.

Cuarto.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. No obstante, su eficacia quedará condicionada a la aprobación, publicación y entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades, cuyo proyecto inicial fue aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de septiembre de 2011".

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquél o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

 

Madrid, a 30 de noviembre de 2011.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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