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BOAM nº 5757 (24/05/2007)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 10 de mayo de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 27 de julio de 2006, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de julio de 2006, se estableció la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegaron competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos.

 

El presente Acuerdo tiene por objeto introducir modificaciones puntuales en la estructura de alguno de sus órganos directivos, creando nuevas unidades administrativas o modificando la denominación de alguna de ellas. En particular, estas modificaciones afectan a la Secretaría General Técnica, a la Dirección General de Patrimonio y a la Dirección General de Contratación y Régimen Interior, siendo su finalidad la de dotar a estos órganos de una organización que resulte más eficaz para el ejercicio de sus respectivas competencias al objeto de prestar un mejor servicio a los ciudadanos.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 10 de mayo de 2007,

 

ACUERDA

 

Primero. Se modifica el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de julio de 2006, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos, en los términos que a continuación se indican:

 

Uno. En el artículo 6 "Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública", se modifica el apartado 4 que queda redactado de la siguiente forma:

 

"4. La Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

4.1. Subdirección General de Coordinación.

4.1.1. Servicio de Contratación.

4.1.1.1. Departamento de Contratación I.

4.1.1.2. Departamento de Contratación II.

4.1.2. Servicio de Oficina Presupuestaria.

4.1.2.1. Departamento de Programación Económica.

4.1.3. Servicio de Personal.

4.1.3.1. Departamento de Personal.

4.1.4. Servicio de Asuntos Generales y Régimen Interior.

 

4.2. Subdirección General de Régimen Jurídico y Relaciones Institucionales.

4.2.1. Servicio de Régimen Jurídico".

 

Dos. En el artículo 16 "Dirección General de Patrimonio", se modifica el apartado 2 que queda redactado de la siguiente forma:

 

"2. La Dirección General de Patrimonio se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

2.1. Subdirección General de Patrimonio y Conservación de Edificios.

2.1.1. Departamento de Gestión del Patrimonio.

2.1.2. Departamento de Inventario.

2.1.3. Servicio de Instalaciones y Conservación de Edificios.

2.1.3.1. Departamento de Conservación y Mantenimiento.  

 

2.2. Subdirección General de Edificación.

2.2.1. Servicio de Construcción Pública.

2.2.1.1. Departamento de Construcción y Rehabilitación.

2.2.2. Servicio de Edificación Dotacional.

2.2.2.1. Departamento de Edificación de Equipamientos."

  

Tres. En el artículo 17 "Dirección General de Contratación y Régimen Interior", se modifica el apartado 3 que queda redactado de la siguiente forma:

 

"3. La Dirección General de Contratación y Régimen Interior se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

   

3.1. Subdirección General de Coordinación de la Contratación.

3.1.1. Departamento de Análisis de los Procedimientos de Contratación.

3.1.2. Servicio de Análisis y Asesoramiento de la Gestión de la Contratación.

3.1.2.1. Departamento de Estudios e Informes.

3.1.2.2. Departamento de Régimen Jurídico de la Contratación.

3.1.3. Servicio Central de Compras.

3.1.3.1. Departamento Central de Compras.

  

3.2. Subdirección General de Régimen Interior.

3.2.1. Departamento de Régimen Interior.

3.2.2. Departamento de Servicios Generales".

 

Segundo. El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública propondrá las modificaciones de la relación de puestos de trabajo y, en su caso, de la plantilla de personal que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

 

Tercero. Asimismo, se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

Cuarto. El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 10 de mayo de 2007.- El Vicealcalde, Manuel Cobo Vega.

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