BOAM nº 10033 (26/12/2025)
Ayuntamiento Pleno
4851
Acuerdo de 22 de diciembre de 2025 del Pleno para aprobar la aplicación del remanente líquido de tesorería para gastos generales a financiar créditos del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid 2025 y a determinar el destino final del superávit de la liquidación del ejercicio 2024 en el presente ejercicio.El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (15/2025), extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
"PRIMERO.- Las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto (cuenta 413) financiadas con los expedientes de modificaciones de crédito relacionados en el anexo I, pasan de financiarse mediante remanente de tesorería para gastos generales de libre uso, según el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril, a ser el remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.
SEGUNDO.- Los proyectos de inversión, por importe de 17.500.412,76 euros, relacionados en el anexo II tienen la consideración de inversiones financieramente sostenibles y pasan de financiarse con el remanente de tesorería para gastos generales de libre uso según el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril a financiarse con el remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.
TERCERO.- La amortización anticipada de deuda por importe de 483.143.470,60 euros pasa de financiarse íntegramente con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit a financiarse con cargo al remanente de tesorería para gastos generales de libre uso según texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril por importe de 229.161.226,10 euros y con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit por importe de 253.982.244,50 euros.
CUARTO.- Los proyectos de inversión, por importe de 39.889.730,96 euros, relacionados en el anexo III tienen la consideración de inversiones financieramente sostenibles, y mediante la modificación de su fuente de financiación, pasan de ser financiadas con recursos generales del presupuesto, a ser financiadas con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.
QUINTO.- La titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda ordenará realizar los ajustes contables y presupuestarios que resulte necesario efectuar para su aplicación.
SEXTO.- Este acuerdo produce efectos desde la fecha de su aprobación sin perjuicio de su publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquél o su desestimación presunta (artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 22 de diciembre de 2025.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.