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BOAM nº 5743 (15/02/2007)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

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Decreto de 26 de enero de 2007 de la Concejala del Área Delegada de Personal por el que se aprueban las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Técnico de Comunicación en el marco del proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por acuerdo de la Comisión de Gobierno de 11 de abril de 2003.

La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Técnicos de Comunicación se ajustará a lo establecido en las bases generales que rigen el proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 5 de diciembre de 2006 y publicadas en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid de 21 de diciembre de 2006, así como a lo prevenido en las presentes bases específicas.

 

 

1. Características de las plazas

 

Las plazas convocadas corresponden al grupo A de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y están encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, categoría de Técnico de Comunicación de la plantilla del Ayuntamiento de Madrid.

A los titulares de estas plazas les corresponden los siguientes cometidos:

·   Elaboración y distribución de boletines informativos de prensa diarios y de teletipos de las agencias de información general.

·   Elaboración y distribución de los informativos de las diferentes emisoras de radio y canales de televisión de ámbito local.

·   Elaboración de Notas de Prensa y grabaciones radiofónicas de las actividades del equipo de Gobierno, del Pleno y de las Comisiones, Presidentes de Las Juntas Municipales de Distrito, Concejales de los Grupos Municipales de Oposición y de altos cargos del Ayuntamiento.

·   Elaboración de Notas de Prensa sobre entrevistas, reportajes y artículos de opinión para los distintos medios de comunicación.

·   Organización de actos informativos convocados por el Ayuntamiento de Madrid, y elaboración de la información de las distintas ruedas de prensa y actos culturales y protocolarios.

·   Establecer y coordinar el dispositivo de información ante cualquier situación de emergencia.

·   Incluir y mantener actualizadas las informaciones y material gráfico en el Gabinete de Prensa virtual, incluido en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

 

 

2. Requisitos de los aspirantes

 

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en las bases generales que rigen el proceso de funcionarización, así como estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Licenciado en Ciencias de la Información, o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

 

 

3. Sistema selectivo

 

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:

a) Concurso

b) Oposición

 

3.1. Fase de concurso

 

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición

 

Serán méritos puntuables:

a) Experiencia profesional.

b) Formación

c) Otros méritos

 

3.2. Fase de oposición

 

La fase de oposición consistirá en una única prueba, de carácter eliminatorio, que constará de un ejercicio teórico-práctico, que se desarrollará en dos fases:

 

a) Presentación de una Memoria mediante la cual se valorarán los conocimientos sobre uno de los contenidos que a continuación se relacionan, propios de las funciones a desempeñar:

 

· Los Gabinetes de Comunicación en la Administración Local

· Publicaciones municipales de información al consumidor

· La información y divulgación institucional como base de aplicación a un servicio concreto técnico-administrativo municipal

· Comunicación y servicios de Emergencias en el ámbito local

· Documentación

· La cultura como comunicación dentro del ámbito municipal

 

La Memoria, dentro de las especialidades anteriormente enumeras, podrá abordar el tema desde un punto de vista general o elegir, dentro de dicha especialidad, un área concreta de la Corporación Municipal (Alcaldía, Urbanismo, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Tráfico, Grupos Políticos, etcétera). En cualquier caso, la Memoria deberá recoger cuestiones prácticas relevante y habituales en relación a las estrategias de comunicación del Ayuntamiento de Madrid.

La Memoria, que no excederá de 50 folios escritos a máquina u ordenador, a doble espacio y por una sola cara sobre el tema elegido, se presentará por triplicado en el Registro del Área Delegada de Personal (C/ Bustamante nº 16, c/v a C/ Juan Martín el Empecinado) o en cualquiera de los lugares indicados en el apartado 3.3. de las Bases Generales que rigen el proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, mediante escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Madrid, Concejalía Delegada de Personal, Subdirección General de Selección de Personal Funcionario y Laboral en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid.

La falta de presentación de la memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de éste.

 

b) Defensa oral de la memoria. La memoria será defendida oralmente ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal, con carácter previo al inicio de esta segunda fase del proceso selectivo, determinará el tiempo de duración de la exposición que, en ningún caso, podrá ser superior a una hora. Tras la exposición el Tribunal podrá abrir un diálogo con cada opositor durante un tiempo máximo de diez minutos, que versará sobre los contenidos expuestos.

La falta de presentación de un aspirante a la defensa oral de la memoria determinará la no superación del proceso selectivo.

 

 

4. Calificación

 

4.1. Calificación de la fase de concurso

 

Normas generales

 

Los aspirantes alegarán los méritos a los que se refiere la base 3.1. en la instancia o en el modelo normalizado establecido al efecto por el Ayuntamiento de Madrid. Junto a la instancia se aportarán los documentos acreditativos de dichos méritos debidamente compulsados.

Los méritos relativos a la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Madrid deberán alegarse con indicación de los periodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por los Servicios de Personal.

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